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Corte dicta arresto domiciliario contra imputados de fiesta clandestina en el centro de Santiago

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Omar Astudillo, María Soledad Melo y Maritza Villadangos– revocó la resolución apelada, dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, que había dejado a los imputados sujetos a las medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual.
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La Corte de Apelaciones de Santiago decretó el arresto domiciliario total de César Pablo Nicolás Ríos y Rocío Isamar Marín Órdenes, y el arresto domiciliario nocturno de Arturo Miguel Hidalgo Narváez, imputados por poner en peligro la salud pública en tiempos de pandemia, tras organizar y asistir a una fiesta en un departamento del Portal Fernández Concha, el fin de semana pasado.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Omar Astudillo, María Soledad Melo y Maritza Villadangos– revocó la resolución apelada, dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, que había dejado a los imputados sujetos a las medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual.

“Respecto de la necesidad de cautela y teniendo en consideración la naturaleza del delito que se investiga, la envergadura de la lesividad de este ilícito, la circunstancia de haber sido detenidos los imputados Marín Órdenes e Hidalgo Narváez en días anteriores por la misma conducta, la reprochable conducta previa que exhiben Nicolás Ríos y Marín Órdenes y el hecho de haber cometido todos el ilícito que ahora se les atribuye, en circunstancias extraordinarias y en estado de excepción constitucional, determina necesariamente concluir que los fines del procedimiento solo se satisfacen con medidas cautelares más gravosas que las que actualmente aparecen dispuestas”, argumentaron los magistrados en el fallo.

La resolución expone que “resulta evidente que los encausados no logran vislumbrar el riesgo que eventualmente puede conllevar a la comunidad sus conductas refractarias ni tampoco se ajustan a las órdenes de la autoridad, siendo sus libertades irrestrictas, entonces, peligrosas para la seguridad de la sociedad”.

Finalmente, el dictamen resuelve que “se revoca la resolución de fecha 31 de mayo pasado, dictada por el 7° Juzgado de Garantía, que dispuso respecto de los imputados las cautelares de arraigo nacional y firma mensual; y en su lugar se dispone la medida de arresto domiciliario total respecto de los imputados César Nicolás Ríos y Rocío Marín Órdenes y la de arresto domiciliario nocturno a Arturo Hidalgo Narváez”.

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