La Cámara Nacional de Comercio (CNC) recordó que los trabajadores del sector tienen “feriados obligatorios e irrenunciables”, según el Código del Trabajo.
Según la normativa, el descanso de dichos trabajadores deberá comenzar “a más tardar a las 21:00 horas del día anterior al festivo y terminar a las 06:00 horas del día siguiente”, esto conlleva que tanto supermercados como centros comerciales tienen que cerrar de forma anticipada el 17 de septiembre.
De no cumplir con la ley, los comercios arriesgan multas que van desde las 5 UTM hasta las 20 UTM por trabajador.
Los comercios que pueden operar durante esos días son aquellos atendidos por sus propios dueños.