El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó condena de presidio perpetuo contra tres sujetos imputados por el delito de secuestro con homicidio, ocurrido en julio de 2023 en Renca.
Por un lado, Daniel Enrique Rodríguez (venezolano) fue condenado a la pena de presidio perpetuo calificado. En tanto, Maicol Montoya Ladino (colombiano) y Reiny Estifenso Rivero Fernández (venezolano) recibieron una pena de presidio perpetuo simple.
Según consignó Emol, el crimen ocurrió el 11 de julio del 2023 y quedó al descubierto después que el cuerpo de la víctima fuera hallado calcinado en la ladera del cerro Renca.
La investigación fue dirigida por el fiscal Ulises Berríos, junto a la Brigada de Homicidios de la PDI.
Gracias a las indagatorias se logró dar con el trayecto de un vehículo de color blanco, conducido por Rivero Fernández. En dicho auto, los condenados transportaron el cuerpo la noche del crimen, desde un domicilio en Recoleta hasta Renca.
La justicia acreditó la participación de los sujetos en el crimen. Además, se demostró la coordinación que tuvieron previamente para secuestrar a la víctima y a su pareja. Sin embargo, a ella no pudieron raptarla.
El crimen, a su vez, tiene origen en rencillas anteriores con la víctima. Los acusados fueron condenados como autores de los delitos de secuestro con homicidio y secuestro tentado.
El fallo
Por su parte, el fallo del tribunal estableció que “la prueba de cargo analizada nos permite determinar autoría como ejecutores de los acusados (…). Toda vez que cada uno con conocimiento previo de la acción que se desplegaba, tendiente a la producción del resultado típico”.
“Esto es secuestrar y matar, da cuenta que el dominio del hecho lo tienen los tres enjuiciados dada la acción conjunta que facilitó los medios que permitieron desarrollar la actividad ilícita”, añadió.
Asimismo, se mencionó que “la prueba rendida por los acusadores, permitió alcanzar el estándar necesario para derribar la presunción de inocencia que amparaba a los enjuiciados”.
“De este modo, desestimar la tesis de las defensas de los enjuiciados que pretendieron su absolución por falta de participación”, cerró.