La Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de amparo en contra de las resoluciones de las Intendencias de Arica y Parinacota, Tarapacá y de la Región Metropolitana, que decretaron la expulsión del paísde 34 extranjeros.
El libelo fue presentado por el Servicio Jesuita a Migrantes, luego que los extranjeros fueran notificados del decreto de expulsión tras haber ingresado clandestinamente al territorio nacional.
En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada acogió la acción constitucional y dejó sin efecto los decretos de expulsión de ciudadanos haitianos, cubanos, venezolanos, colombianos y dominicanos dictados entre 2018 y 2019, luego de constatar ausencia de fundamentos y por ser desproporcionadas.
Según la sentencia, se funda en que así como lo ha sostenido Corte Suprema “la resolución recurrida igualmente se torna en ilegal si la misma presenta como única motivación fáctica el ingreso clandestino al territorio, el cual, no fue eficazmente investigado por las autoridades llamadas por ley a hacerlo con el objeto de establecer su efectiva ocurrencia”.
Añade que “pese a ello, se la invoca en un acto administrativo de grave trascendencia, lo que ilustra sobre la desproporcionalidad de la medida, desconociéndose el resto de los elementos que deben ponderarse en este tipo de asuntos, como los mencionados en los fundamentos que siguen”.
Por ello, agrega la sentencia, “las resoluciones de expulsión atacadas, devienen en ilegales por ausencia de fundamentos, además de desproporcionadas, motivo por el cual la presente acción constitucional deberá ser acogida, al afectar la libertad ambulatoria de las personas amparadas, sujetas a la medida de expulsión del territorio nacional”.