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INDH lamentó decisión de Corte de no procesar a carabineros por golpiza en Plaza Ñuñoa

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La resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago descartó que exista el delito de torturas por parte de cinco funcionarios policiales contra Moisés Órdenes, ya que un video que muestra las agresiones dura solo 10 segundos.

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) lamentó la decisión adoptada por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que descartó procesar por el delito de torturas a cinco carabineros que permanecían en prisión preventiva. El INDH se querelló contra los efectivos formalizados por los vejámenes sufridos por Moisés Órdenes, el 23 de octubre de 2019 en Plaza Ñuñoa. La agresión lo dejó politraumatizado y con pérdida total de visión en el ojo izquierdo. “Tenemos la convicción que la brutal golpiza sufrida por Moisés Órdenes fue un caso paradigmático de tortura y es muy complejo que la Corte de Apelaciones de Santiago haya recalificado este caso como delito de violencia innecesaria”, sostuvo el abogado del INDH, Pablo Rivera, coordinador de litigios estratégicos. La resolución del tribunal de alzada capitalino descartó que exista el delito de torturas ya que un video que muestra las agresiones dura solo 10 segundos. Rivera, quien participó en los alegatos, destacó que “el argumento principal del fallo no es compatible con los estándares internacionales de los derechos humanos. Que un hecho de maltrato dure 10 segundos, o una hora, o 10 horas, es un antecedente que hay que valorar pero no es determinante para catalogarlo de una u otra forma, que es lo que finalmente realizó la Corte de Apelaciones de Santiago”. También manifestó que “el Estado de Chile tiene el deber de investigar y sancionar hechos relacionados con violaciones de los derechos humanos, con la debida diligencia y, según estándares internacionales, en el caso de la agresión a Moisés Órdenes en Plaza Ñuñoa, no se estarían aplicando”. Rivera alertó además sobre la necesidad de que no se consagre la impunidad en este tipo de delitos cometidos por agentes del Estado y que la sanción sea proporcional a la gravedad de los crímenes. Finalmente, Rivera señaló que el INDH seguirá trabajando en la causa en coordinación con el Ministerio Público y con los otros querellantes, y subrayó que el principio general de nuestro ordenamiento jurídico es que las resoluciones son caso a caso, por lo que espera que esto no influya en otros procesos en los que el INDH actúa como querellante.
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