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Oficio del INDH de septiembre del 2022 advirtió a Boric sobre imposibilidad de seguir acreditando pensiones de gracia

Según consignó La Tercera, el documento indicaba que “por medio del presente tengo a bien informarle sobre la imposibilidad que asiste al Instituto Nacional de Derechos Humanos (en adelante INDH) para efectuar la acreditación del padecimiento de ‘menoscabo permanente, completo o parcial, de su capacidad de trabajo’ en víctimas de violaciones a los derechos humanos ocurridas desde el 18 de octubre de 2019 en adelante, que solicitan al Presidente de la República acceder a pensiones de gracia”.

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La directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Consuelo Contreras, envió un oficio el 23 de septiembre del 2022 al Presidente Gabriel Boric donde se advertía sobre la imposibilidad de seguir acreditando las afectaciones de víctimas del estallido social para acceder a las pensiones de gracia.

Según consignó La Tercera, el documento indicaba que “por medio del presente tengo a bien informarle sobre la imposibilidad que asiste al Instituto Nacional de Derechos Humanos (en adelante INDH) para efectuar la acreditación del padecimiento de ‘menoscabo permanente, completo o parcial, de su capacidad de trabajo’ en víctimas de violaciones a los derechos humanos ocurridas desde el 18 de octubre de 2019 en adelante, que solicitan al Presidente de la República acceder a pensiones de gracia”.

Asimismo, Contreras le señaló al Mandatario que el INDH “le es posible acreditar la condición de víctimas de violaciones a los derechos humanos de los casos conocidos en el ejercicio de sus funciones como órgano de promoción y protección de los derechos humanos, con independencia del resultado de las acciones para poder acreditar circunstancias de esta índole”, no así para “las consecuencias físicas derivadas de esos hechos”.

“En este sentido, el Instituto no cuenta con las capacidades técnicas ni expertise en la materia para poder acreditar circunstancias de esta índole”, planteó en el escrito.

En esta línea, la directora del INDH sostuvo que “la inclusión de nuevas funciones y atribuciones por medio de cuerpos legales distintos a la Ley 20.405, como la citada Ley de Presupuesto, representa un riesgo para la autonomía del Instituto, toda vez que impone obligaciones no establecidas por la ley que le rige”.

“Es así que para efectos de proceder a la calificación de víctimas y admisibilidad de ésas a posibles beneficios que debiesen estar contemplados en una política de reparación integral según los estándares internacionales, se requiere la conformación de un órgano encargado de la calificación, que garantice un procedimiento administrativo accesible, flexible, transparente y público. Este órgano, que podría ser la comisión que contempla el artículo 7 de la ley 18.056, debería estar Integrado por personas de excelente reputación moral y profesional, asegurando la imparcialidad”, se explica el documento.

De acuerdo al medio citado, el oficio emanado desde el INDH no tuvo respuesta de La Moneda.

Cabe señalar que el informe entregado por Contraloría a la Cámara de Diputadas y Diputados reveló que 19 expedientes de beneficiarios remitidos por el INDH no presentaban antecedentes médicos, o bien, los respaldos correspondían a certificados médicos poco legibles, sin diagnóstico, con antecedentes contradictorios respecto del daño o con una fecha anterior a octubre de 2019.

Al respecto, el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, argumentó este viernes que “los antecedentes médicos los solicita el INDH y, por lo tanto, los antecedentes médicos vienen en la carpeta del INDH, las cuales llegan al Departamento de Acción Social del Ministerio del Interior en el marco de la postulación”.

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