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Publican Ley Naín-Retamal en el Diario Oficial junto a otras 3 normas de agenda de seguridad

La normativa debería regir a contar de este lunes, pero las autoridades han señalado que podría aplicarse en el caso de Llolleo, San Antonio, donde un carabinero abatió a tiros con una UZI a un joven que no se detuvo en un control policial y que atropelló a un efectivo, como también en un hecho similar en Coronel, donde un efectivo hirió de bala a un sujeto que lo atacó con un cuchillo.

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En el Diario Oficial fue publicada este lunes la Ley N° 21.560, más conocida como Ley Naín-Retamal, que modifica textos legales para fortalecer y proteger el ejercicio de la función policial y de Gendarmería de Chile, y que establece la legítima defensa privilegiada.

La norma debería regir a contar de este lunes, pero las autoridades han señalado que podría aplicarse en el caso de Llolleo, San Antonio, donde un carabinero abatió a tiros con una UZI a un joven que no se detuvo en un control policial y que atropelló a un efectivo, como también en un hecho similar en Coronel, donde un efectivo hirió de bala a un sujeto que lo atacó con un cuchillo.

En Chile, salvo que indiquen expresamente otra fecha, las leyes rigen desde en que son publicadas en el Diario Oficial y a contar de ese momento se dan por conocidas por la ciudadanía. Sin embargo, según el ministro de Justicia, Luis Cordero, y el subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, se aplicaría en el caso de Llolleo.

Monsalve expresó este domingo que “para los funcionarios que han hecho uso de sus armas de fuego en el caso de San Antonio y en el caso de Coronel van a estar o no amparados por la Ley Naín-Retamal, decir que las leyes penales siempre son aplicables de manera retroactiva, por lo tanto aunque aún no esté publicada en el Diario Oficial, frente a esa pregunta la respuesta es sí, sí van a estar amparados por la ley Nain-Retamal”.

Por su parte, sobre el caso de Llolleo, Cordero señaló este domingo que “es altamente probable que el carabinero se vea beneficiado por esta ley que se publica mañana (lunes)”, y que el “funcionario no pude ser separado de sus funciones, ni restringirse sus remuneraciones (…) La investigación se va a llevar cabo y él va a tener los resguardos administrativos”.

Sin embargo, la ministra del Interior, Carolina Tohá, generó polémica al indicar que “si el disparo fue para evitar que atropellaran al carabinero es una cosa, pero si fue cuando el vehículo iba huyendo para evitar la huida, es otra”. Además, dijo que siempre “se tiene que establecer el disparo qué objetivo tuvo, si es evitar una lesión o muerte de una persona o una huida”.

QUÉ ESTABLECE LA LEY NAÍN-RETAMAL

En el caso de la Ley Naín-Retamal, la iniciativa refuerza y protege la función de Carabineros, Policía de Investigaciones y Gendarmería, así como de la policía marítima y de aeronáutica civil.

La normativa endurece las sanciones penales para quienes agredan y, especialmente, maten a un carabinero, detective o gendarme. De igual modo, restringe los beneficios carcelarios para los inculpados.

También contempla la presunción de la legítima defensa, manteniendo dicha regulación en el Código Penal y no en el Código de Justicia Militar. El texto definitivo acota esta presunción, en casos en que esté en juego la vida o la integridad de los funcionarios policiales o de terceros.

La norma precisa que se presumirá legalmente que concurren las circunstancias previstas respecto de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Gendarmería, las Fuerzas Armadas y los servicios bajo su dependencia, cuando estas realizaren funciones de orden público y seguridad pública interior.

En dichos casos se entenderá que concurre el uso racional del medio empleado. Esto si, en razón de su cargo o con motivo u ocasión del cumplimiento de funciones de resguardo de orden público y seguridad pública interior, se repele o impide una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física, su vida o la de un tercero, empleando las armas o cualquier otro medio de defensa.

LAS OTRAS TRES LEYES

Junto a Naín Retamal, también fueron publicadas las siguientes leyes de la agenda de seguridad:

La Ley N° 21.555, que refuerza las competencias de Gendarmería de Chile y crea un delito general de extorsión.

La Ley N° 21.556, que modifica la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas, para aumentar la pena del delito de porte de armas en lugares altamente concurridos.

La Ley N° 21.557, que odifica el Código Penal para agravar la pena del delito de secuestro.

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