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¿Qué ocurre si mi empleador no me deja tomar mi tiempo de colación? Acá se lo contamos

Christian Dresdner, abogado del Estudio Jurídico Derecho Fácil, explica que el Código del Trabajo, en su artículo 34, establece un tiempo mínimo y máximo para la colación. “A mayores detalles, la ley indica que el trabajador tendrá un tiempo mínimo de 30 minutos y un tiempo máximo ‘que no pueda prolongarse más allá del tiempo necesario para el consumo de colación’, es decir, lo que una persona se demora habitualmente en comer”.
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La hora de colación es un derecho de los trabajadores, pero hay un tiempo mínimo y máximo que es necesario conocer.

¿Cuánto tiempo tengo para almorzar en el trabajo?, ¿debo almorzar en la empresa o puedo salir y comer dónde yo quiera? Estas y otras preguntas le responderemos en el presente artículo.

Vamos con lo primero:

¿Existe un tiempo mínimo y máximo para la colación?

-Sí, así lo establece el Código del Trabajo en su artículo 34.

A mayores detalles, la ley indica que el trabajador tendrá un tiempo mínimo de 30 minutos y un tiempo máximo “que no pueda prolongarse más allá del tiempo necesario para el consumo de colación”, es decir, lo que una persona se demora habitualmente en comer. Lo anterior, lo establecerá el empleador en el contrato de trabajo.

¿Debo almorzar en la empresa o puedo salir a comer a dónde yo quiera?

-Para responder esta pregunta, debemos indicar que el horario de colación no corresponde a la jornada laboral, es decir, las horas diarias que debes trabajar todos los días no incluyen el tiempo de colación. Por lo tanto, tu empleador o jefatura no te puede mantener en la empresa para comer, ya que, como bien dijimos anteriormente, no forma parte de tu jornada laboral y, por lo tanto, puedes destinar este tiempo de la manera que estimes conveniente siempre y cuando respetes el tiempo señalado.

¿Qué ocurre si mi empleador no me deja tomar mi tiempo de colación o no me deja salir de la empresa?

– En ese caso, te recomendaríamos llamar a la Dirección del Trabajo o colocar una denuncia para que se realice la fiscalización correspondiente.

Artículo redactado por Christian Dresdner, abogado del Estudio Jurídico Derecho Fácil.

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