El documento establece que “la especie Dosidicus gigas o jibia sólo podrá ser extraída utilizando potera o línea de mano como aparejo de pesca. Se prohíbe cualquier otro tipo de arte o aparejo de pesca”.
El texto añade que “los armadores que infrinjan el presente artículo serán sancionados con multa de 500 unidades tributarias mensuales ($24.150.000) y el comiso de las especies hidrobiológicas y de los productos derivados de éstas”.
La esperada reforma a la normativa, apunta a regular la captura de este recurso marino, se publicó tras las manifestaciones de diversas organizaciones de pescadores artesanales.
Los industriales tildaron de institucional la prohibición de la pesca de arrastre, que dejó a muchos trabajadores cesantes.
Hace unos días Osciel Velásquez, presidente de la Sociedad Nacional de Pesca (Sonapesca), explicó a El Mercurio que le parece “inaudito que el Congreso se arrogue el derecho a decidir con qué herramientas se puede realizar la pesca de la jibia”.
Tras esta publicación, se espera para marzo una conversación entre el Gobierno y las distintas organizaciones de pesqueros para analizar la situación.