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Escobar Poblete apelará a sentencia de 18 años por crimen de Jaime Guzmán

Sobre la calificación del delito, el abogado del exfrentista, Alberto Espinoza, indicó: "Se vuelve a aplicar la Ley Antiterrorista, no obstante que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha resuelto que esta ley atenta en contra de las normas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
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El exfrentista Raúl Escobar Poblete, también conocido como el “Comandante Emilio”, apelará a la condena de 18 años decretada durante este lunes tras haber sido hallado culpable del delito de atentado terrorista con resultado de muerte contra el senador Jaime Guzmán.

En ese marco, su abogado, Alberto Espinoza, aseguró que el fallo era “la crónica de una sentencia condenatoria ya anunciada”, y agregó que “se rechaza la prescripción, no obstante que se trata de un enjuiciamiento por hechos ocurridos hace más de 31 años. No se trata precisamente de un crimen de lesa humanidad”.

Sobre la calificación del delito, el defensor indicó: “Se vuelve a aplicar la Ley Antiterrorista, no obstante que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha resuelto que esta ley atenta en contra de las normas de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

“Se pasa por alto el control de convencionalidad y se vuelve a condenar por Ley Antiterrorista. Ya nadie aplica esta Ley Antiterrorista en Chile; sin embargo, tratándose del caso de Jaime Guzmán, se insiste en la aplicación de esta ley que no responde a los estándares del derecho internacional”, sentenció.

Finalmente, confirmó que el recurso se presentará ante el propio tribunal de De la Barra, y ante la Corte de Apelaciones.

Escobar Poblete fue extraditado hacia nuestro país el pasado 23 de septiembre y se encuentra recluso en el penal Santiago 1.

En el fallo, De la Barra indicó que el acusado “en su declaración indagatoria no negó de manera explícita su participación en ese ilícito, pues la respuesta que optó por dar es que se declaraba “no culpable”, dando a continuación diversas razones que, en su concepto, tornaban legítimo o, al menos, exento de reproche el “ajusticiamiento” de dicha autoridad política”.

“Es decir, en vez de refutar las evidencias probatorias que lo situaban en el lugar de los hechos como uno de los dos individuos que disparó en contra del senador, lo que hace es emitir un juicio de valor, argumentando acerca de lo “justo” que era llevar a cabo ese crimen”, añadió el magistrado.

De esta manera, enfatizó que “en otras palabras, con su testimonio prefiere reivindicar el homicidio de quien considera el principal ideólogo del régimen militar y constructor de una institucionalidad ilícita que incluso le habría posibilitado acceder al cargo de senador, en vez de controvertir los antecedentes fácticos sobre los que se sustenta la imputación que se le formula como autor material e inmediato del delito”.

Más adelante, el juez advirtió que Escobar Poblete “expresamente indicó que no le resultaba posible suministrar algún dato o información que comprobara que se encontraba en otro lugar el día de los hechos”.

El exfrentista deberá volver a México una vez que concluya su sentencia. En dicho país deberá seguir cumpliendo su condena de 60 años de presidio por estar acusado de liderar una banda de secuestradores en la localidad de San Miguel de Allende.

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