De la refinería Aconcagua fueron formalizados Edmundo Piraíno, Juan Pablo Rhodes y Carlos Lizana; mientras que en Bío Bío se trata de Alvaro Hillerns, Patricia Cabalá y Jorge Farías.
El Ministerio Público les imputó propagación de elementos contaminantes al medioambiente, teniendo conocimiento de sus consecuencias para la salud pública, debido al mal manejo de petróleo iraní en las cercanías de Talcahuano, Quintero y Puchuncaví.
La jueza Antonia Flores rechazó la prisión preventiva presentada por los querellantes y acogió las medidas de arraigo nacional y firma mensual de los imputados por la contaminación provocada.
En tanto el tribunal fijó 18 meses para la investigación.
Por su parte, la empresa calificó las medidas cautelares como “esperables” y afirman en el Juzgado que se dejó en evidencia de “la irresponsabilidad por parte de algunos abogados querellantes de solicitar la medida cautelar de prisión preventiva. Esto, considerando que se basaba en antecedentes incompletos o derechamente falsos”.
Además, indican que “todas las instancias de investigación judicial y administrativas realizadas hasta ahora han confirmado que no es posible atribuir responsabilidad a los trabajadores de la compañía por estos eventos”.