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Fiscalía de Chile manifestó su rechazo a proyecto de indulto a detenidos por el estallido

El Consejo de Fiscales del Ministerio Público emitió una declaración donde hizo presente que un proyecto como el presentado por la oposición en el Congreso Nacional, "podría constituir una gravísima señal para la convivencia social".
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El Consejo de Fiscales del Ministerio Público emitió este lunes una declaración pública dirigida a responder a los cuestionamientos al sistema de justicia penal y de sus instituciones, a propósito del proyecto de ley presentado por cinco senadores de oposición, para brindar un “indulto general” a detenidos y formalizados en el contexto del estallido social.

El órgano persecutor aseguró que sus actuaciones “se enmarcan en el mandato institucional otorgado por la Constitución y las leyes”, agregando además que sus fiscales ejercen su labor “con autonomía y estricto apego a la legalidad”, siendo su actuar ajeno a toda arbitrariedad y revisado por los tribunales de justicia.

Por ello, hicieron presente que un proyecto como el presentado por la oposición en el Congreso Nacional, “podría constituir una gravísima señal para la convivencia social”, ya que plantearía condiciones que “dejarían sin efecto la condena a 11 años de presidio impuesta a John Cobin, por homicidio frustrado tras disparar en la vía pública en Viña del Mar” o bien, impediría investigar y “perseguir la responsabilidad penal de dos imputados en prisión preventiva por el atentado con artefacto explosivo en el edificio Tánica”, en febrero de este año.

Asimismo, manifestaron que las críticas al estado procesal de los detenidos por el estallido social “constituyen una generalización inaceptable” y que “demanda de sus autores la individualización de las mismas”.

En la misma línea, la declaración aseguró que la entidad descarta la existencia de presos políticos en el país y tampoco acreditan la existencia de una desproporción en las causas.

“La Fiscalía de Chile no puede compartir aseveraciones en orden a que existirían cientos de personas privadas de libertad por delitos menores, o contra quienes se habría hecho un uso indebido o desproporcionado del derecho penal”, puntualizaron, agregando que “las personas sometidas a la acción de los tribunales, no están en esa condición por su pensamiento o por sus opiniones, sino por actos que son constitutivos de delito”.

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