El Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana rechazó el recurso presentado por Renovación Nacional (RN), que buscaba inhabilitar la candidatura a diputado del exalcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), por ser imputado en el marco del Caso Farmacias Populares.
En fallo dividido, se estableció que “la suspensión del derecho a sufragio sobre la base de un acto administrativo emanado de uno de los intervinientes del proceso penal, basado en antecedentes de cargo que no han sido revisados por juez competente, socava los principios nucleares de la democracia, pues excluye a determinadas personas del derecho a sufragio sin un control jurisdiccional y, por lo tanto, lejos de potenciar la democracia, la debilita al limitar la participación ciudadana en actos electorales”.
“Sin que se haya dictado por el juez de garantía el auto de apertura de juicio oral, en los términos que ordena el artículo 277 del Código Procesal Penal, de manera que la sola acusación no ha podido producir el efecto de suspender el derecho de sufragio del elector”, resolvió el tribunal.
Al respecto de esta decisión, los abogados de Jadue, Ciro Colombara y Aldo Díaz, dijeron estar “muy satisfechos con el fallo del Tribunal Electoral Regional porque recoge, en lo esencial, los argumentos que expusimos y reconoce la presunción de inocencia como valor fundamental, toda vez que no hay una sentencia condenatoria”.
“Uno de los pilares fundamentales del Estado de Derecho es que los ciudadanos tenemos el derecho fundamental a elegir a nuestras autoridades y a ser elegidos es el derecho a voto. Estos derechos están protegidos por nuestra Constitución y por los tratados internacionales ratificados por Chile”, agregaron.
Asimismo, mencionaron que “por la mera presentación de una acusación por el Ministerio Público, que es un acto unilateral y administrativo que no tiene siquiera revisión de ningún tribunal, los ciudadanos no pierden sus derechos políticos ni su presunción de inocencia. De otro modo, el Ministerio Público tendría la potestad de decidir a las autoridades que eventualmente podrían elegir los ciudadanos y eso es contrario a la democracia. Confiamos en el Tricel confirmara esta sentencia”.