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Balance penal del periodo presidencial

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*Por Edison Carrasco J.

A ocho meses de concluir el actual mandato de la Presidenta Michelle Bachelet, ya es posible realizar un breve balance de las leyes y proyectos de leyes que en materia penal surgieron a instancias de dicho mandato.

A la fecha, se han enviado quince proyectos en materia delictual. De estos, cinco de ellos, se transformaron en ley y diez se encuentran aún en trámite. En este sentido, es importante destacar la incorporación de la Ley N°20.844 del 2015, la cual introduce el delito de retención o toma de control de vehículos de transporte de pasajeros por medio de violencia o intimidación, aunque no así su penalidad, ya que es muy alta. También es importante mencionar la Ley N°20.931 del 2016, la cual modifica el estatuto de los delitos contra la propiedad y que tiene de positivo, la criminalización de las bandas ocupadas en esos delitos e incorpora a la ley la penalización de ciertos delitos a las personas jurídicas, el delito de receptación y/o comercialización de cosas robadas o apropiadas, siendo sí, dubitable tanto la elevación extrema de la pena en los casos de robo con violencia e intimidación causando castración, mutilación o lesiones gravísimas como las normas sobre agravación de la reincidencia en los delitos contra la propiedad. Respecto de los proyectos de ley aún en trámite, y que son cuatro en total, se aprecia favorablemente el proyecto que penaliza la corrupción entre particulares y amplía las hipótesis de criminalización de la corrupción en los casos de funcionarios públicos. De igual manera resulta positivo el proyecto de ley que propone la no aplicación de la amnistía, el indulto y la prescripción de la acción penal, al genocidio y a los crímenes de lesa humanidad, por la impunidad de hechos de esta categoría que se albergaron bajo el techo de la dictadura. Por otro lado, también se puede entender como un avance, la presentación de un proyecto de ley sobre delitos terroristas que pretende regular el fenómeno de otro modo que la actual Ley N°18.314, cuyos bemoles ya han sido suficientemente denunciados y con razón, por parte de la sociedad civil. Sin duda que de todos estos, el proyecto más controversial, es el que regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales. En síntesis, en lo estrictamente penal, los proyectos de ley presentados, sin perjuicio de cuestiones específicas, nos parecen promisorios. Respecto de los proyectos convertidos en ley, creemos que existen aciertos en la regulación de relaciones sociales antes desreguladas y que requerían cierta intervención penal, pero en otros casos, existe un sesgo punitivista que puede estar introduciendo más derecho penal a nivel social que el necesario.   *Edison Carrasco Jiménez es Dr. en Derecho Penal y académico de la Universidad Andres Bello.

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