En el fallo, el juez Pedro García Muñoz condenó a Help por transgresión a la lex artis del equipo médico que concurrió al domicilio del paciente, en febrero de 2014.
La resolución señala que incurrió en un diagnóstico errado y, por lo mismo, omitió derivar al paciente al Servicio de Urgencia del Hospital Barros Luco, “conducta cuya reprochabilidad recae sobre Help S.A.”.
El fallo establece que es responsabilidad de la empresa la contratación de personal médico que evacue diagnósticos ajustados a la lex artis; y la existencia de protocolos adecuados para enfrentar urgencias en pacientes portadores de diabetes tipo 1, hipertensión e insuficiencia renal crónicos.
También establece la responsabilidad de Help en contar con la dotación adecuada de operadores telefónicos y profesionales competentes para la atención de llamadas de urgencias y las asistencias por dicha vía.