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Corte de Arica acoge recurso de protección contra Tesorería y anula cobro del CAE

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juana Ríos Meza, Héctor Gutiérrez Massardo y la abogada (i) Paula Lepe Caiconte– estableció que la cobranza pretendida lesiona el derecho a la igualdad ante la ley. Consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

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La Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de protección presentado en contra de la Tesorería Regional que notificó a la recurrente el inicio de procedimientos de cobro del crédito con garantía estatal (CAE), bajo apercibimiento de embargo.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juana Ríos Meza, Héctor Gutiérrez Massardo y la abogada (i) Paula Lepe Caiconte– estableció que la cobranza pretendida lesiona el derecho a la igualdad ante la ley. Consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.

Para el tribunal de alzada, “el accionar de la recurrida lesiona la garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pues obliga al recurrente a someterse a un procedimiento que resulta altamente restrictivo, en cuanto al ejercicio de derechos procesales, que aquel ejecutivo establecido en las reglas generales y a que debe someterse el cobro de los créditos ordinarios”.

Por tanto, se resuelve que “se acoge la acción constitucional de protección interpuesta por F.F.G.V. y en consecuencia se deja sin efecto el procedimiento de cobro (…) de la Tesorería Regional de Arica y Parinacota”.

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