Este estado de excepción ambiental implica la prohibición de uso de calefactores y cocinas a leña (excepto pellets) en toda la Región Metropolitana, y quienes infrinjan la disposición arriesgan multas que van desde 0,1 UTM a 1.000 UTM.
Asimismo, se mantiene la restricción de 1 dígito al interior del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, para los vehículos catalíticos, entre las 07:30 y 21:00 horas.
También se mantiene la restricción de 4 dígitos fuera del anillo, pero dentro de la Provincia de Santiago y comunas de San Bernardo y Puente Alto, entre las 07:30 y 21:00 horas.
Los conductores que no acaten la prohibición de circular en los términos señalados también serán multados con montos que varían entre 1 UTM a 1,5 UTM.
Además, se reiteró la prohibición de hacer quemas agrícolas en toda la Región Metropolitana entre el 15 de marzo y 30 de septiembre. Las sanciones pecunarias por este concepto van desde las 0,5 UTM a 75 UTM.
La Seremi de Educación podrá recomendar modificaciones a la actividad física en los establecimientos educacionales.