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Comisión despachó proyecto de garantías para trabajadores de aplicaciones digitales

La iniciativa persigue el establecimiento de una definición de “empresas de plataforma digitales de servicios y de personas que presta servicios”, estableciendo, en consecuencia, una serie de obligaciones y derechos que surgen de la relación entre estas.
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La comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado despachó este lunes a Sala para su análisis, discusión y votación el proyecto de ley que busca brindar garantías básicas laborales a las personas que prestan servicios a través de plataformas digitales.

La iniciativa, obra de los senadores Manuel José Ossandón (RN), Carolina Goic (DC), Juan Pablo Letelier (PS) y David Sandoval (UDI), persigue el establecimiento de una definición de “empresas de plataforma digitales de servicios y de personas que presta servicios”, estableciendo, en consecuencia, una serie de obligaciones y derechos que surgen de la relación entre estas.

En la discusión de la comisión, además se logró llegar a un acuerdo con el Gobierno por una propuesta que busca establecer el derecho a tener un horario de desconexión laboral, y que los prestadores de servicios acceden a la tutela laboral con un mínimo de horas.

Dentro del análisis del proyecto, se estableció que busca beneficiar directamente a quienes trabajan en aplicaciones de transporte de pasajeros, además de los delivery de productos esenciales y gastronómicos, que actualmente son de carácter informal y que, además, aparecen denunciando irregularidades laborales, las cuales han crecido desde marzo de 2020.

La iniciativa establece que se entenderá por “empresas de plataformas digitales de servicios y de persona que presta servicios”, a las personas jurídicas que mediante un sistema informático o de tecnología de cualquier tipo de programación ejecutable en aplicaciones de aparatos móviles o fijos permitan reunir a un oferente con un demandante de uno o más bienes o servicios determinados.

“La materialización de la transacción puede realizarse con la mera reunión del oferente y demandante o mediante la asistencia de servicios accesorios como el reparto de mercaderías a domicilio, entre otros”, cita la norma.

Así, se fijó dentro de las garantías una serie de seguros para los trabajadores, como el de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el de invalidez y sobrevivencia, el de responsabilidad civil por los daños que pueda sufrir y/o causar a terceros, y un seguro de desempleo a través del pago de cotizaciones.

En caso de que las empresas incumplan, las sanciones irán desde 1 a 60 unidades tributarias mensuales.

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