La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó este jueves la multa por 40 UTM (cerca de $2 millones) aplicada por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a TVN por no cumplir con la cuota mínima de programación cultural durante tres semanas de febrero del año pasado.
La Segunda Sala del tribunal de alzada, de manera unánime, confirmó la medida tras constatar que los programas presentados por la estación no cumplían con los criterios para ser considerados de contenido cultural.
“Respecto a la transmisión de programas culturales, debe considerarse que el aporte a la formación cívica, tradicionalmente se ha centrado en la transmisión de conocimientos básicos que definen la vida republicana, el Estado de Derecho, el Gobierno y sus instituciones. Hoy, esto ha evolucionado a una formación ciudadana”, expresa el fallo.
“Se trata de un enfoque más amplio que junto con desarrollar conocimientos sobre el sistema de gobierno y la historia de un país, se encarga de fomentar habilidades y actitudes destinadas a perfeccionar la capacidad de actuar de un ciudadano competente para una participación cívica informada, crítica y constructiva”, agrega.
“No se observan, en los programas ‘Viva Dichato’, ‘Mamá a los 15’, elementos que aporten específicamente a la concreción del concepto antes referido, por lo que, en concepto de esta Corte, no quedan comprendidos en el numeral cuarto de las Normas“, enfatiza el texto.
Asimismo expresa que “el mismo fundamento debe aplicarse a la situación del Festival de Viña del Mar, que corresponde a un certamen internacional de música, que comprende una parte de folclor latinoamericano, pero que en general corresponde a un show televisivo de entretención que no cumple los parámetros establecidos en la legislación anotada”.
Por último, el fallo indica que “cabe consignar que la resolución de multa cumple con los requisitos de motivación y sustento exigibles, y se han considerado en ella las defensas esgrimidas por la reclamante”.
Con estos antecedentes, en definitiva, se rechazó “la reclamación formulada en contra de la resolución que se contiene en el Ordinario N°1227 del Consejo Nacional de Televisión de 12 de noviembre de 2020, por el que se impone sanción de multa de U.T.M. 40 a Televisión Nacional de Chile”.