La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó una multa de 21 UTM que se había aplicado a Canal 13, después de emitir contenido “marcadamente erótico” en un horario de protección para menores.
Previamente, la sanción fue impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV), por imágenes exhibidas en el reality “Tierra Brava”.
Desde la exseñal católica apelaron frente a esta decisión y la Corte finalmente confirmó la multa, por lo que la estación deberá pagar cerca de 1,4 millones de pesos.
En su dictamen, el tribunal rechazó el recurso de apelación, señalando que “durante la emisión del programa “Tierra Brava – En Bruto”, la concesionaria exhibió imágenes en un horario de protección para menores, pese a que el contenido incluía la representación de escenas de carácter marcadamente erótico”.
“Dicha exhibición, por su naturaleza, se estimó inapropiada para una audiencia en etapa de formación, al punto que ‘podría generar confusión y una percepción distorsionada de la realidad entre los menores de edad, en el sentido de asociar el erotismo a una mera actividad lúdica, desprovista de cualquier tipo de responsabilidad y de compromiso emocional’”, añadieron.