27 Marzo 2023 06:23
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Corte Suprema por fallo de las isapres: nunca hemos pretendido desbaratar ni hacer caer el sistema

Ángela Vivanco recordó que el Tribunal Constitucional "resolvió que parte de la tabla de factores que estaba en la Ley de Isapres era inconstitucional y eso no lo resolvió ayer, lo resolvió el 2010, han pasado casi 13 años". Y agregó que "nos damos cuenta que algunas de estas instituciones en vez de reconocer y de introducir en su sistema de factores el hecho de que aquí ha habido una declaración específica, en el sentido de que esta tabla de factores no puede incluir algunos elementos que ha objetado el TC, sin embargo, han seguido -al paso de 13 años- aplicando factores que son inconstitucionales".

La vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, manifestó que con el fallo de las isapres por tabla de factores “jamás hemos pretendido desbaratar ni hacer caer al sistema”, y apuntó que las prestadoras privadas de salud deben cumplir con lo que estipula la Superintendencia.

En el fallo del máximo tribunal por tabla factores se instruyó la revisión de todos los planes para que se adecuen a una tabla única, dictada por la Superintendencia de Salud en 2019 y restituir los cobros realizados en exceso, cuya implementación le corresponde a la Superintendencia de Salud de aquí a mayo de este año.

En total, existen 995 tablas de factores distintas de 42 mil planes que deben ser revisadas.

Sobre este hecho, Vivanco, afirmó a Radio Universo: “Cuando nosotros hemos sacado fallos en esta materia, y hemos tratado de unificar la jurisprudencia, dada la gigantesca judicialización que ha sucedido en esta materia, nosotros jamás hemos pretendido desbaratar ni hacer caer el sistema, ni poner en jaque económico al sistema, sino hacer cumplir el derecho, y el derecho aplicable no solamente son normas que se aplican a las isapres, sino también los importantes fallos que ha dictado en esta materia el propio Tribunal Constitucional”.

Además, resaltó que el objetivo del fallo apunta a “bajar la judicialización y que en consecuencia este fallo sirva para ordenar el sistema de salud privada. No hay ninguna voluntad, ni intención oculta para que el sistema de salud privada desaparezca, sino que, al contrario, que se mantenga, pero en las bases y las pautas que el Estado de Derecho mandata”.

Además, la vocera de la Suprema recordó que el Tribunal Constitucional “resolvió que parte de la tabla de factores que estaba en la Ley de Isapres era inconstitucional y eso no lo resolvió ayer, lo resolvió el 2010, han pasado casi 13 años”.

 Y agregó que “nos damos cuenta que algunas de estas instituciones en vez de reconocer y de introducir en su sistema de factores el hecho de que aquí ha habido una declaración específica, en el sentido de que esta tabla de factores no puede incluir algunos elementos que ha objetado el TC, sin embargo, han seguido -al paso de 13 años- aplicando factores que son inconstitucionales”.

En tanto, sobre el fallo y la eventual devolución de pagos en exceso a los cotizantes, Vivanco dijo que “aquellas instituciones que no se ajustaron al fallo del TC ganaron una gran cantidad de dinero. Y, en consecuencia, no es como que a uno de nosotros le digan sin anuncio que tiene que pagar o devolver algo que usted nunca se imaginó. Se estaba en conciencia de que no estaban cumpliendo con esos aspectos, y tampoco estamos diciendo que se retrotraiga la deuda 13 años, sino que al momento en que la Superintendencia fija una tabla de factores que es estándar y a la que se tienen que acoger todos”.

Además recalcó que esas ganancias “son dineros que tampoco se controlan cómo se estaban obteniendo, y eso también digámoslo, que han pasado diversas administraciones en esta materia”, sin embargo, descartó que fuese “un tipo de crítica a nadie”.

Respecto a la suspensión de convenios entre isapres y prestadores y la afectación a los usuarios, criticó que “no hay justificación para no hacer devolución de los gastos en que incurren las personas y tenerlas eternamente esperando la devolución de gasto o no pagándole a las clínicas privadas”.

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