La diputada del Frente Amplio, Pamela Jiles, junto al diputado independiente, Pepe Auth, presentaron una indicación al proyecto de ley de adopciones enviado por el Ejecutivo, “con el objetivo de modificar los criterios discriminatorios, arbitrarios e inconstitucionales contenidos en la indicación” presentada a principios de semana.
Según establece el documento, los parlamentarios hacen su propuesta “en atención a la urgencia, importancia e imperiosa necesidad de resguardar el interés superior del niño, y considerando la obligación de restablecer de forma íntegra y oportuna el derecho a vivir en familia, entendiendo por tal a la o las personas capaces de garantizar las condiciones espirituales y materiales que permitan a cada niño, niña y adolescente su máximo crecimiento y desarrollo”.
De esta manera, los diputados establecen diversas propuestas, entre ellas añadir al concepto “junto a su cónyuge” el de “2º conviviente civil” (artículo 13, letra e).
También buscan que se modifique del proyecto un concepto contenido en el artículo 28, estableciendo, en cambio, que “se considerará especialmente la existencia de un ambiente familiar donde se vea protegido el interés superior del niño, niña o adolescente y en ningún caso se podrá discriminar arbitrariamente basado en consideraciones de origen social, religiosas, raciales o fundadas en el sexo o la identidad sexual de los solicitantes”.
Según establece el documento, los parlamentarios hacen su propuesta “en atención a la urgencia, importancia e imperiosa necesidad de resguardar el interés superior del niño, y considerando la obligación de restablecer de forma íntegra y oportuna el derecho a vivir en familia, entendiendo por tal a la o las personas capaces de garantizar las condiciones espirituales y materiales que permitan a cada niño, niña y adolescente su máximo crecimiento y desarrollo”.
De esta manera, los diputados establecen diversas propuestas, entre ellas añadir al concepto “junto a su cónyuge” el de “2º conviviente civil” (artículo 13, letra e).
También buscan que se modifique del proyecto un concepto contenido en el artículo 28, estableciendo, en cambio, que “se considerará especialmente la existencia de un ambiente familiar donde se vea protegido el interés superior del niño, niña o adolescente y en ningún caso se podrá discriminar arbitrariamente basado en consideraciones de origen social, religiosas, raciales o fundadas en el sexo o la identidad sexual de los solicitantes”.