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Gajardo acusa grave error del presidente del Servel en el caso de Karla Añes

El exfiscal, vía Twitter, sostuvo que “lo que ha dicho el presidente del Servel es un error. El artículo 17 de la Constitución expresamente señala que cuando una persona ha sido condenada por tráfico de drogas, para ser rehabilitado como ciudadano y por lo tanto ser candidato y votar, esa rehabilitación la tiene que efectuar el Senado”.

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El exfiscal Carlos Gajardo afirmó que el presidente del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, cometió un error al señalar que la candidata Karla Añes Gajardo estaba habilitada para presentarse como postulante por el Partido de la Gente (PDG) en la circunscripción de Arica y Parinacota, tras cumplir una condena por tráfico de drogas.

“Lo que ha dicho el presidente del Servel es un error. El artículo 17 de la Constitución expresamente señala que cuando una persona ha sido condenada por tráfico de drogas, para ser rehabilitado como ciudadano y por lo tanto ser candidato y votar, esa rehabilitación la tiene que efectuar el Senado”, indicó Gajardo vía Twitter.

“Eso no ha ocurrido en este caso y por lo tanto hay un grave error por parte del Servel en haber permitido que esta persona fuera candidata. Me parece que para esclarecer este asunto se debería iniciar un sumario”, añadió.

Karla Añes, a quien el PDG le retiró el apoyo tras conocerse su situación, fue condenada en 2011 a una pena de 5 años y un día de cárcel tras haber sido sorprendida transportando cuatro paquetes con clorhidrato de cocaína en el Terminal Alameda de Estación Central, en la capital.

Durante una pauta con el Gobierno la mañana de este jueves, Tagle aseguró que Añes recuperó su ciudadanía después de cumplir la sentencia, por lo que tiene “derecho a postular a cargos de elección popular”. Por ello, en caso de resultar electa, indicó que “le corresponderá al Tricel proclamarla para el cargo”.

“Esta persona fue condenada a un delito de pena efectiva, por ahí por el 2011. A nosotros se nos notificó esa situación y ella perdió su derecho a ciudadana, porque la condena a pena aflictiva es el efecto que produce”, dijo el presidente del Servel.

“De acuerdo al Artículo 17 de la Constitución, cumplida su pena, ella recuperó su derecho a la ciudadanía, y se nos notificó ese cumplimiento de la pena y la recuperación de su ciudadanía en el año 2017, 31 de mayo si no me equivoco, por el Registro Civil. Por tanto, ella volvió a ser ciudadana con derecho a sufragio”, añadió.

Luego, explicó que “el Artículo 13 de la Constitución establece que todo ciudadano tiene derecho a sufragio y derecho a postular a cargos de elección popular, que es lo que ella ha hecho en este momento”.

Tagle recordó que “cuando el Servel publicó las inscripciones de candidaturas, cualquier elector tenía el derecho a reclamar en un cierto plazo al Tribunal Calificador. Eso no sucedió. Por consiguiente, es una candidatura ejecutoriada, y si sale electa, le corresponderá al Tricel proclamarla para el cargo”.

El nombre de Karla Añes seguirá en la papeleta de voto y los electores podrán votar por ella el próximo domingo a pesar del llamado del PDG a no hacerlo.

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