A penas que en conjunto suman 18 años de privación de libertad, fue sentenciado un conductor de taxi colectivo a quien la Fiscalía de Puerto Montt acusó como autor de la violación de una adolescente de 15 años y por el abuso sexual y robo con intimidación de una joven de 21 años.
Las víctimas subieron al vehículo de transporte de pasajeros y fueron llevadas hasta un sitio eriazo de la capital de la región de Los Lagos, donde el sujeto las agredió sexualmente, de acuerdo a los antecedentes que fueron expuestos durante la realización del juicio oral.
La indagatoria de este caso fue dirigida por la fiscal Ingrid González, quien señaló que “habíamos presentado acusación y estábamos pidiendo condena por la comisión de tres hechos que configuraban 3 delitos en contra de dos víctimas”.
Subrayó que “dentro de nuestra labor de persecución penal firme y objetiva, habíamos solicitado una pena en total de 20 años. El Tribunal accedió a nuestra solicitud en cuanto a la condena respecto de los tres delitos, sin perjuicio de aquello impusieron una pena de 18 años, la que de todas maneras es bastante alta”.
La persecutora acotó que “el acusado no podrá cumplir en el medio libre, sino que tendrá que hacerlo privado de libertad y eso para nosotros es una gran satisfacción considerando la peligrosidad que vemos en el sujeto y en la forma en que cometió los hechos, en un ámbito seguro, donde tomaba a las víctimas y las trasladaba a un sitio eriazo para allí cometer los delitos”.
De acuerdo a la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt, el acusado Jonathan Andrés Araya Araya fue sentenciado a 10 años de presidio como autor del delito consumado de violación y además se le condenó a las penas accesorias de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.
También se le condenó a la inhabilitación absoluta temporal para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, y prohibición de aproximarse a la víctima y su familia, por el lapso de dos años posteriores a los que el acusado recupere su libertad.
Sumado a esto, se le sentenció a 5 años y un día de presidio como autor del delito consumado de robo con intimidación y otros 3 años y un día por cometer un abuso sexual.
Todas estas penas sobrepasan los 18 años de presidio. Asimismo, atendida la extensión de la pena privativa de libertad, la sentencia indica que deberá cumplir la sanción íntegra y efectivamente.
Conforme a la acusación del Ministerio Público, los hechos que fueron acreditados durante el desarrollo del juicio oral a través de toda la prueba testimonial, documental y pericial presentada por la fiscal González, ocurrieron en los días 7 y 8 de marzo de 2018.
Ambas agresiones tienen en común que las víctimas subieron como pasajeras al taxi colectivo que guiaba Araya. Luego que se bajaran otras personas del vehículo, el acusado desvió su recorrido y las llevó hasta un sitio eriazo donde bajo intimidación las agredió sexualmente.
Las víctimas subieron al vehículo de transporte de pasajeros y fueron llevadas hasta un sitio eriazo de la capital de la región de Los Lagos, donde el sujeto las agredió sexualmente, de acuerdo a los antecedentes que fueron expuestos durante la realización del juicio oral.
La indagatoria de este caso fue dirigida por la fiscal Ingrid González, quien señaló que “habíamos presentado acusación y estábamos pidiendo condena por la comisión de tres hechos que configuraban 3 delitos en contra de dos víctimas”.
Subrayó que “dentro de nuestra labor de persecución penal firme y objetiva, habíamos solicitado una pena en total de 20 años. El Tribunal accedió a nuestra solicitud en cuanto a la condena respecto de los tres delitos, sin perjuicio de aquello impusieron una pena de 18 años, la que de todas maneras es bastante alta”.
La persecutora acotó que “el acusado no podrá cumplir en el medio libre, sino que tendrá que hacerlo privado de libertad y eso para nosotros es una gran satisfacción considerando la peligrosidad que vemos en el sujeto y en la forma en que cometió los hechos, en un ámbito seguro, donde tomaba a las víctimas y las trasladaba a un sitio eriazo para allí cometer los delitos”.
De acuerdo a la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt, el acusado Jonathan Andrés Araya Araya fue sentenciado a 10 años de presidio como autor del delito consumado de violación y además se le condenó a las penas accesorias de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.
También se le condenó a la inhabilitación absoluta temporal para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, y prohibición de aproximarse a la víctima y su familia, por el lapso de dos años posteriores a los que el acusado recupere su libertad.
Sumado a esto, se le sentenció a 5 años y un día de presidio como autor del delito consumado de robo con intimidación y otros 3 años y un día por cometer un abuso sexual.
Todas estas penas sobrepasan los 18 años de presidio. Asimismo, atendida la extensión de la pena privativa de libertad, la sentencia indica que deberá cumplir la sanción íntegra y efectivamente.
Conforme a la acusación del Ministerio Público, los hechos que fueron acreditados durante el desarrollo del juicio oral a través de toda la prueba testimonial, documental y pericial presentada por la fiscal González, ocurrieron en los días 7 y 8 de marzo de 2018.
Ambas agresiones tienen en común que las víctimas subieron como pasajeras al taxi colectivo que guiaba Araya. Luego que se bajaran otras personas del vehículo, el acusado desvió su recorrido y las llevó hasta un sitio eriazo donde bajo intimidación las agredió sexualmente.