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Servel descarta que se aplique reclusión nocturna como castigo a electores que no acudan a votar

En la mañana de este jueves, el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral, Andrés Tagle afirmó que la medida “es parte de los procedimientos que tienen los Juzgados de Policía Local. Entendemos que cuando la persona está en rebeldía, remiso, no cumple, ahí puede el juez aplicarle la reclusión nocturna, pero la sanción por no votar es la multa de media a tres UTM”.

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El presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, se refirió a la posibilidad de ser sentenciado a reclusión nocturna en caso de no votar este domingo 7 de mayo, cuando se realicen los comicios para elegir a los 50 consejeros constitucionales, considerando que el sufragio es obligatorio.

En la mañana de este jueves, afirmó que la medida “es parte de los procedimientos que tienen los Juzgados de Policía Local. Entendemos que cuando la persona está en rebeldía, remiso, no cumple, ahí puede el juez aplicarle la reclusión nocturna, pero la sanción por no votar es la multa de media a tres UTM”.

En la misma línea, sostuvo que “obviamente el sancionado tiene la obligación de pagar, pero ese tema escapa al Servel, no tenemos antecedentes de alguien que esté en prisión por eso”.

A propósito del voto obligatorio en el plebiscito de salida del 4 de septiembre de 2022, Tagle indicó que “recién se denunciaron los casos a los Juzgados de Policía Local, entre marzo y abril, y ahí están principalmente en el proceso de notificación”.

“En muy pocos casos han habido multas cobradas y pagadas, pero de personas que por rebeldía estén en reclusión nocturna no tenemos antecedentes”, acotó.

Existen cuatro excepciones para ausentarse de concurrir a las urnas, las que deben ser presentadas ante el Juzgado de Policía Local luego de ser notificado y citado. Las causales son estar en el extranjero, estar enfermo, estar a más de 200 kilómetros del local de votación y un impedimento grave, como la muerte de un familiar.

Si bien todas las excusas deben probarse con algún documento, el único que se debe emitir el día de los comicios es una constancia en Carabineros para evidenciar la lejanía de la sede del sufragio. Este año, la institución habilitará su Comisaría Virtual para que el trámite sea más expedito.

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