Luego de realizar varias reuniones con la empresa dueña del plantel, se aprobó el programa de cierre voluntario, el cual establece un despoblamiento progresivo de dicha instalación, cumpliendo con la normativa vigente. Este involucra en total seis meses para el traslado y comercialización de cerdos, lo cual llevará al despoblamiento total del plantel en abril de 2020.
La SMA recordó que desde julio de 2019 ya se han tomado distintas medidas para hacer cumplir el cierre del recinto. A través de un trabajo conjunto con el Impuestos Internos, SAG, Carabineros y Seremi de Salud, se adoptaron diversas medidas, como de frenar la inseminación y monta de hembras, lo cual ha disminuido en un 50% la cantidad de cerdas preñadas. Con esto, los últimos nacimientos en el plantel deberían producirse en octubre de 2019.
Además, la SMA destacó que este es un programa de despoblamiento progresivo, ya que en todo momento, se debe cumplir con la normativa referida al “Bienestar Animal” del SAG, que prohíbe el traslado de especies de menor tamaño y genera restricciones al movimiento y traslado de hembras preñadas.
Asimismo, como autoridad se debe poner énfasis que es un plantel de animales “confinados”, ello quiere decir que tiene protocolos de aislamiento y bioseguridad.
Considerando el bienestar animal, se comenzará con el traslado de animales, dejando para las fases finales a hembras y especies de menor tamaño. En abril de 2020 no deberán quedar animales en el Plantel Santa Josefina.
“La reducción de animales redundará en mejoras respecto a las molestias que perciben los vecinos del recinto respecto de malos olores, al manejo de residuos líquidos además existirá un programa de control de vectores, como son las moscas”, afirmó el jefe regional de la SMA, Cristián Lineros.
En caso de no cumplirse estrictamente con el programa aprobado, que tiene por fin materializar la sanción de clausura total y definitiva, se procederá a realizar el cierre con el auxilio de la fuerza pública.
A la vez, se puede instruir un nuevo procedimiento sancionatorio por incumplimiento de sanción, el cual contará con el agravante de no cumplir con el plan progresivo de cierre. La fiscalización del cumplimiento de las condiciones de despoblamiento corresponderá a la SMA y a los demás organismos sectoriales competentes.