El titular de la Fiscalía Centro Norte, Xavier Armendáriz, envió un oficio de siete carillas a la Corte Suprema, donde calificó de “improcedente” la negativa del ministro de Salud, Enrique Paris, y de los abogados de Presidente Sebastián Piñera y Jaime Mañalich, a entregar documentación y correos electrónicos en la investigación derivada de la querella presentada por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue (PC), por las muertes por Covid-19.
Armendáriz señaló, además, que de acogerse los argumentos de la defensa, se sentaría “un precedente funesto”.
En el escrito, el persecutor arguye que “la oposición de los imputados en la causa base, en esta sede, es totalmente improcedente. Lo anterior por la más elemental de las razones jurídicas: No son titulares del bien jurídico en discusión”.
Paris explicó que la solicitud del Ministerio Público entorpece la actuación del Minsal. Además, dijo que la solicitud de la Fiscalía es “imprecisa” y “de un alcance excesivo”.
“Acoger tal postura pondría en evidente peligro la eficacia de toda indagación criminal y constituiría un precedente funesto”, sentenció Armendáriz.
Sobre la necesidad de reserva de información acerca de la compra de determinados insumos médicos, como ventiladores mecánicos, por razones de seguridad nacional, el persecutor señaló que “no es objeto de la investigación desplegada, lo cierto es que el informe no explica en forma clara cuál sería la afectación a la seguridad nacional”.
Según Armendáriz, “la presentación de las defensas se centra en cuestionar el mérito de la solicitud realizada por esta fiscalía y de la posterior autorización judicial (…) detrás de estos cuestionamientos se encubre una suerte de recurso de apelación, del todo improcedente, pretendiendo llevar la cuestión hacia una instancia superior, bajo una modalidad no prevista en nuestro sistema procesal”.
Armendáriz califica de “improcedente” negativa del Minsal a entregar antecedentes
El titular de la Fiscalía Centro Norte envió un oficio de siete carillas a la Corte Suprema. En el escrito, el persecutor arguye que “la oposición de los imputados en la causa base, en esta sede, es totalmente improcedente. Lo anterior por la más elemental de las razones jurídicas: No son titulares del bien jurídico en discusión”.
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Texto: Aton/ Foto: Aton