Conforme al texto acordado en la Comisión de Gobierno Interior y presentado ante la Sala por la diputada Joanna Pérez (DC), la nueva redacción del precepto constitucional define que, “en las votaciones populares, el sufragio será personal, igualitario, secreto y obligatorio”.
Junto con lo anterior, se establece que la obligatoriedad recién indicada no será aplicable para las personas mayores de 75 años de edad y que el Estado arbitrará las acciones necesarias para informar, facilitar e incentivar el ejercicio del derecho a sufragio.
La propuesta nació en dos mociones parlamentaria y tuvo como sustento la escasa participación electoral o abstención en los asuntos de interés nacional, registrada como consecuencia de la entrada en vigencia de la ley de voto voluntario y la necesidad de contar con autoridades elegidas democráticamente que representen el real sentir del país.
El proyecto volverá ahora a la Comisión de Gobierno Interior para un segundo informe, dada la presentación de indicaciones.
De acuerdo a las cifras, en las elecciones presidenciales de Chile realizadas entre 1989 y hasta la realizada en 2009-2010, el margen de participación ciudadana superó el 87%.
En 2013, sin embargo, la cifra cayó por debajo del 50% y en 2017, el actual Presidente Sebastián Piñera fue electo en un contexto de participación del 49,02% (segunda vuelta).