La Corte Suprema resolvió a favor del Estado una demanda presentada por el dominio de las lagunas Cejar y La Piedra, emplazadas en las cercanías de San Pedro de Atacama, región de Antofagasta, luego de que una comunidad atacameña reclamara su pertenencia.
El máximo tribunal del país rechazó un recurso de casación interpuesto por la Comunidad Indígena Atacameña de Solor en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, de fecha 29 de agosto de 2019, la cual revocó el fallo del Primer Juzgado de Letras de esa ciudad y rechazó la demanda en todas sus partes.
La sentencia de primera instancia había ordenado al Fisco transferir a dicha comunidad territorios en los que se encuentran ubicadas ambas lagunas, una superficie de más de 4.300 hectáreas.
Mediante la acción civil, la Comunidad constituida en 1995 pretendía registrar el territorio que, a su parecer, les pertenecía, en el contexto del plan de saneamiento de títulos sobre tierras aimaras y atacameñas iniciado a partir de la promulgación de la ley 19.253 sobre Protección, Fomento y Desarrollo Indígena.
Durante ese proceso se llevaron a cabo levantamientos topográficos, perimétricos, además de solicitar al Estado comprometerse a solucionar la deuda histórica con los pueblos indígenas.
Al contestar la demanda, el Consejo de Defensa del Estado controvirtió los hechos expuestos por la comunidad, indicando que el Estado ha dado cumplimiento a su mandato legal, respondiendo las demandas por ella efectuadas y entregando una superficie total de 5.092 hectáreas, lo que se ha materializado a través del traspaso del dominio de dos inmuebles fiscales y la concesión gratuita a largo plazo de otro predio, mediante decretos supremos dictados en 2001 y 2004.