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Esval y SISS se enfrentan por fijación de precios y van a comité de expertos

De acuerdo con lo que señala el marco regulatorio, la Superintendencia de Servicios Sanitarios debe proponer al Ministerio de Economía las tarifas máximas que cada empresa sanitaria puede cobrar a sus clientes, las cuales se fijan mediante decreto de dicho ministerio, considerando un periodo de vigencia de cinco años.

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Un fuerte desacuerdo manifestaron la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) y la Empresa Sanitaria de Valparaíso (Esval) por la fijación de los precios del servicio de agua potable a los clientes.

De acuerdo con lo que señala el marco regulatorio, la superintendencia debe proponer al Ministerio de Economía las tarifas máximas que cada empresa sanitaria puede cobrar a sus clientes, las cuales se fijan mediante decreto de dicho ministerio, considerando un periodo de vigencia de cinco años.

Según consigna Radio Universidad de Valparaíso, la prestadora puede presentar discrepancias al estudio de la superintendencia, y si no hay acuerdo, la autoridad convoca a una comisión de expertos encargada de dirimir las diferencias de forma vinculante.

En el caso de Esval, en la Región de Valparaíso, la SISS informó que, en el proceso, “no se logró llegar a un acuerdo, por lo que corresponde iniciar la etapa de la comisión de expertos. La legislación sanitaria contempla que, de no haber acuerdo entre la autoridad y la compañía, las discrepancias admisibles que la empresa haya formulado al estudio de la Superintendencia serán resueltas por una comisión formada por tres expertos nominados uno por el prestador, otro por el Superintendente y, el tercero, elegido por éste de la lista de expertos acordada entre la Superintendencia y el prestador”, señalaron.

La autoridad regulatoria agregó que la comisión de expertos “deberá pronunciarse sobre cada una de las discrepancias que deba conocer, optando por el valor contenido en el estudio de la SISS o el de la empresa, no pudiendo adoptar valores intermedios”.

El plazo para emitir su dictamen es de 30 días, pudiendo prorrogarse hasta por 15 días adicionales. “De acuerdo con la ley, este dictamen tiene carácter definitivo, es obligatorio para las partes y, por ello, el respectivo decreto tarifario deberá enmarcarse en lo dictaminado por los expertos”, agregaron.

La normativa señala que, finalizadas las etapas descritas, se propone el respectivo decreto al Ministerio de Economía, ya sea con base en el acuerdo o bien según el fallo de la comisión de expertos. Dicho decreto finalmente se publica en el Diario Oficial.

ESVAL Y EL PROCESO TARIFARIO

Esval emitió un comunicado donde explicó lo siguiente:

  • El proceso tarifario en la industria sanitaria es una instancia reglada y técnica que se realiza cada 5 años. Busca contar con tarifas costo-eficientes para autofinanciar las inversiones y operaciones de la compañía, basadas en una empresa modelo teórica 100% eficiente. La fase actual, en que el proceso pasa a un comité de expertos, es parte de esta misma instancia.
  • La Región de Valparaíso es una de las más afectadas por la sequía en los últimos 15 años, por lo que mantener la continuidad del suministro supone un sostenido esfuerzo en obras e inversiones que debe ser reflejado por la tarifa. Asimismo, la robustez y resiliencia de los sistemas operacionales frente a los diversos efectos del cambio climático, como episodios de alta turbiedad, debe tenerse en cuenta. En el proceso anterior (2020-2025) Esval mantuvo sus tarifas.


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