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“No hay nada que aclarar”: Corte Suprema rechazó recursos ingresados por el Gobierno e isapres

El secretario del máximo tribunal, Jorge Sáez, dijo que “en consecuencia, se mantienen los fallos en los términos en que fueron pronunciados para los casos en que se dictaron. Esos fallos van a quedar a disposición de los medios y de la opinión pública, por supuesto (…)”.

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La Corte Suprema informó este viernes que la Tercera Sala rechazó los seis recursos de aclaración presentados tras las declaraciones de la ministra Ángela Vivanco sobre la devolución de los cobros en exceso de las isapres.

“No hay nada que aclarar”
, señaló el secretario del máximo tribunal, Jorge Sáez. “La Tercera Sala de la Corte Suprema ha resuelto todos los escritos de aclaración que han sido presentados en los respectivos procesos y los ha rechazado”, precisó.

“En consecuencia, se mantienen los fallos en los términos en que fueron pronunciados para los casos en que se dictaron. Esos fallos van a quedar a disposición de los medios y de la opinión pública, por supuesto, en los próximos minutos”, agregó.

Requerido sobre qué significa que se hayan rechazado las aclaraciones, el secretario de la Suprema respondió: “Que no hay nada que aclarar”.

SESIÓN SIN VIVANCO

A contar de las 8:30 horas, la Tercera Sala de la Corte Suprema revisó en esta jornada los recursos de aclaración presentados por el Gobierno, cuatro isapres y un usuario, después de que la ministra Vivanco pusiera un manto de duda sobre si el fallo por la devolución de excedentes es de carácter general o particular.

La Sala estuvo integrada por su presidente, Sergio Muñoz, la ministra Adelita Ravanales, los ministros Sergio Muñoz, Jean Pierre Matus y Mario Carroza, y el abogado integrante Ricardo Alcalde. No estuvo presente la ministra Vivanco, quien el miércoles solicitó permiso para ausentarse. Por ende, Ravanales actuó como relatora.

El recurso del Gobierno, presentado a través de la Superintendencia de Salud, afirmaba que “se ha abierto un amplio debate sobre los alcances y los efectos del fallo y, en particular, sobre los términos de las instrucciones que el organismo que represento debe impartir para hacer cumplir lo resuelto”.

Asimismo, expresaba que la Superintendencia “carece de facultades para interpretar el sentido y el alcance” de lo resuelto por la Tercera Sala. En concreto, se solicita aclarar si las devoluciones de los cobros en exceso, que no serían en dinero en efectivo, beneficiarán solo a los demantantes o a los usuarios en general.

“Dado el tenor literal (del dictamen) se ha entendido que la decisión contenida en la sentencia era de aplicación general, es decir, aplicable a todos los contratos administrados por las isapres que, a la fecha de su dictación, no ocupaban la tabla única de factores”, lo que, según señala el texto, fue puesto en duda por las palabras de la ministra Vivanco.

Por lo mismo, pidió esclarecer “si la sentencia tiene efectos generales o particulares” en cada uno de sus puntos y, en este sentido, aclarar quiénes son los beneficiarios del fallo de la Tercera Sala.

En caso de que los beneficiarios sean sólo quienes demandaron, como indicó Vivanco, solicitó “otorgar el detalle de tales recursos para determinar el universo de afiliados a quienes alcanza el fallo”.

Y, por otro lado, si es más bien general, pidió determinar si están o no incluidos “aquellos que, entre el 1 de abril de 2020 (entrada en vigencia de la circular de la Superintendencia que indica que los planes a partir de esa fecha deben contener la Tabla de Factores Única) y el 30 de noviembre de 2022 (fecha de la sentencia), se desafiliaron de la isapre”.

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