EL proyecto, según publica El Mercurio, busca “regular los criterios especiales que deben considerarse para la obtención de permisos de salida, libertad vigilada y rebaja de condena; y, además, la no procedencia del indulto particular, respecto de las personas condenadas por crímenes o simples delitos de lesa humanidad, de genocidio o de guerra”.
Para acceder a este beneficio los presos deben “además de cumplir los requisitos generales de cada institución, aporten antecedentes serios y efectivos de los que tengan conocimiento en causas criminales por delitos de la misma naturaleza y que demuestren su arrepentimiento”.
De aprobarse el proyecto, el mandatario de turno no tendrá que aprobar las peticiones de indulto en los casos de delitos de lesa humanidad, sino que será prerrogativa de los tribunales.
El senador Pedro Araya explicó a El Mercurio que “será el tribunal de Garantía el que, mediante resolución fundada y previa acreditación del estado de salud terminal, podrá disponer el reemplazo de la pena privativa de libertad por la de arresto domiciliario total, lo que tiene un claro fundamento humanitario”.
Como justificación, el texto ingresado señala que “en nuestra normativa interna no existen reglas específicas que regulen la ejecución de la pena de los condenados y condenadas afectados por una enfermedad terminal, que guarde coherencia con los fines de la misma y que permita el cumplimiento de los marcos de respeto a la dignidad humana y a la sociedad en su conjunta, que todo Estado Democrático debe asegurar”.