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SMA acusa a ENAP de ocasionar crisis ambiental de Quintero con petróleo iraní

La reapertura del caso obedece no solo a nuevos antecedentes obtenidos mediante fiscalizaciones al titular del proyecto y requerimientos de información a la empresa, sino que también a dos estudios solicitados a la Universidad Católica, uno toxicológico y otro sobre calidad del aire.
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) reabrió la investigación de 2018 en la zona de sacrificio de Quintero-Puchuncaví y reformuló cargos contra la empresa ENAP por siete infracciones cometidas por el Terminal Marítimo de Quintero, dos de ellas calificadas como gravísimas

La reapertura del caso, explicó la SMA, obedece no solo a nuevos antecedentes obtenidos mediante fiscalizaciones al titular del proyecto y requerimientos de información a la empresa, sino que también a dos estudios solicitados a la Universidad Católica, uno toxicológico y otro sobre calidad del aire.

Este último analizó como nueva arista investigativa las acciones realizadas por la empresa durante la descarga, almacenamiento y posterior drenaje de crudo iraní, hechos que se vinculan a la emergencia ambiental ocurrida en 2018, en las comunas de Quintero y Puchuncaví.

Según explicó el superintendente Cristóbal de la Maza, el informe toxicológico permitió establecer que los síntomas observados durante la emergencia pueden asociarse a distintos compuestos presentes en el terminal marítimo.

En tanto, el segundo vinculó el tratamiento que recibió el crudo iraní en el mismo lugar, mediante la adición de un secuestrante en base a formaldehído y posterior drenaje de este crudo, con la exposición de la población a niveles de contaminación considerados riesgosos.

“Se infringió el deber de facilitar la fiscalización ambiental al no informar estas acciones durante nuestras inspecciones. La Ley Orgánica de la SMA es muy exigente en esta materia y establece la obligación de colaborar activamente con la investigación”, aseveró De la Maza.

En cuanto a la reformulación, el cargo principal y clasificado como gravísimo corresponde a la elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por la aplicación de formaldehído como secuestrante y posterior drenaje de aguas oleosas en el terminal de Quintero con este compuesto, sin autorización ambiental.

En tal caso, el Reglamento del SEIA establece que deben evaluarse ambientalmente, en forma previa a su ejecución, “acciones” como las realizadas que modificaron sustantivamente la “extensión, magnitud o duración de los impactos ambientales” del proyecto.

A esto se añade un segundo cargo gravísimo por no informar sobre estas acciones durante las actividades de fiscalización realizadas por la SMA. “Esta infracción se configuró ante la solicitud reiterada y obligatoria a ENAP de reportar actividades no rutinarias. El acceso a la información se omitió en inspecciones en terreno y se entregó información contradictoria sobre los estanques donde se almacenaba el crudo iraní y los tiempos de drenaje de éste”, sostuvo el superintendente del Medio Ambiente.

Respecto a un cargo grave, -que se arrastra del procedimiento sancionatorio original-, ENAP utilizó el sistema de tratamiento en condiciones distintas a lo aprobado en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en el marco de la mantención de los estanques T-5104 y T-5109.

La falla en la mantención se tradujo en el vertimiento de fluidos con una caracterización distinta a la aprobada; eficiencia de remoción inferior a lo comprometido en la evaluación ambiental; vertimiento de un volumen de fluidos en contravención al diseño del sistema de tratamiento, mediante camiones de vacío; y vertimiento de fluidos en un lugar distinto al estanque de distribución, en el sistema de tratamiento del sector Remodelación.

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