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Suprema condena al Estado a pagar $ 1.000 millones por no haber protegido a los Luchsinger Mackay

La Tercera Sala del máximo tribunal estableció la falta de servicio de las policías al no adoptar medidas de seguridad que evitaran hechos delictuales en contra del fundo, pese a existir amenazas previas al ataque incendiario.
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La Corte Suprema condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $1.000.000.000 (mil millones de pesos) por falta de servicio, a los cuatro hijos del matrimonio de Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay González, fallecidos en el ataque incendiario registrado el 3 de enero de 2013, en el fundo Lumahue, comuna de Vilcún, en la región de La Araucanía.

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció la falta de servicio de las policías al no adoptar medidas de seguridad que evitaran hechos delictuales en contra del fundo, pese a existir amenazas previas al ataque incendiario.

En esta parte, el fallo sostiene “que, en el caso en estudio, la responsabilidad del Estado, fundada en la falta de servicio, se traduce en que, no obstante, ser conocidos por las autoridades de la zona, las amenazas que había recibido la familia Luchsinger Mackay; teniendo en cuenta, además, que el día de los hechos, se trataba de la fecha en que murió el comunero Matías Catrileo Quezada, en el Fundo Santa Margarita”, entonces de propiedad del primo hermano de la víctima Werner Luchsinger Lemp.

Lo cual “permite colegir, sin lugar a dudas, el ambiente de tensión que reinaba en el sector y que llevó, incluso, a que existiría, como lo reconoce el demandado, a un reforzamiento de la seguridad en los alrededores”, indica el fallo.

“Por consiguiente, en esas particulares circunstancias, le era exigible a las Fuerzas de Orden y Seguridad, para ese día, respecto de los Lushinger Mackay, la obligación de considerar el inmueble de éstos como un punto al cual se debía resguardar”, añade.

Por tanto, en la sentencia de reemplazo, se resolvió que: “se revoca la sentencia apelada de 13 de septiembre de 2018 dictada en cuanto rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio y, en su lugar, se declara que la acoge sólo en cuanto se condena al Fisco de Chile a pagar a favor de cada uno de los actores la suma de $250 millones por concepto de daño moral”.

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