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Caso Tren de Aragua: Justicia sobresee a defensores por retiro de información de testigos

El juez Juan Araya, quien sobreseyó a los defensores, sostuvo que “la reserva de estos testigos no estuvo protegida antes del 23 de junio, solo cuando se presentó la acusación, o sea, si los defensores acuciosos tuvieron copia de la investigación legítimamente durante toda la investigación, pudieron haberlos sabido perfectamente con anterioridad, porque la reserva se decretó recién el 23 de junio cuando se presentó la acusación, y así lo señaló el fiscal regional al contestar el traslado el día hoy”.

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El Juzgado de Garantía de Arica sobreseyó a cuatro defensores penales públicos que habían sido imputados tras solicitar conocer las identidades de los más de 50 testigos protegidos en la investigación de “Los Gallegos”, vinculada al Tren de Aragua.

Lo anterior se da luego que el juez Héctor Barraza ordenara la entrega de información sobre los testigos protegidos en la indagación.

Esta situación, llevó a la Fiscalía a instruir una investigación de oficio para esclarecer si se cometieron delitos sobre la presunta divulgación de información confidencial.

Además, la Corte de Apelaciones decretó orden de no innovar respecto a la decisión del juez y solicitó a los abogados de la Defensoría Penal Pública la devolución inmediata de los antecedentes.

El juez Juan Araya, quien sobreseyó a los defensores, sostuvo que “la reserva de estos testigos no estuvo protegida antes del 23 de junio, solo cuando se presentó la acusación, o sea, si los defensores acuciosos tuvieron copia de la investigación legítimamente durante toda la investigación, pudieron haberlos sabido perfectamente con anterioridad, porque la reserva se decretó recién el 23 de junio cuando se presentó la acusación, y así lo señaló el fiscal regional al contestar el traslado el día hoy”.

En tanto, el jefe de estudios de la Defensoría Penal Pública de Arica y Parinacota, Cristian Martin, explicó que en la decisión “se señala que se trata de una actuación apegada, absolutamente apegada a resoluciones judiciales. Por lo tanto, la misma no es susceptible de ninguna imputación del tipo penal”.

“En atención a aquello, se señala por parte del Tribunal de Garantía que los defensores penales públicos han actuado en estricto apego a lo resuelto por parte del Tribunal de Garantía y aquella circunstancia no es constitutiva de ningún tipo de ilícito, ni tampoco de ningún tipo de participación en algún delito respectivo”, complementó.

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