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Dirección del Trabajo fiscalizó horas de conducción y descanso de choferes de buses interurbanos

En víspera del fin de semana largo, el subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo, concurrió al Terminal de Buses Sur, donde el organismo inspectivo verificó el cumplimiento de estas normas esenciales para que las tripulaciones cumplan sin fatiga con su labor de transportar pasajeros en condiciones seguras. La DT fiscalizó a buses con trayectos hacia el norte y sur del país y aplicó sanciones, comprobándose, en general, un acatamiento de las disposiciones legales.
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En víspera del fin de semana largo, con motivo de Semana Santa, la Dirección del Trabajo (DT) fiscalizó las horas legales de conducción y descanso de los choferes de los buses interurbanos de pasajeros.

 La entidad se constituyó este jueves en el Terminal de Buses Sur de Santiago y controló a 30 buses que iniciaban sus trayectos hacia el norte y sur del país o los estaban finalizando. Ello, para garantizar que sus tripulaciones -choferes y auxiliares- cumplían con sus descansos y horas máximas de labores, principalmente de conducción.

Al cabo del control inspectivo, la DT sancionó a dos empleadores, cuyas tripulaciones no llevaban el registro de asistencia, lo que significó multas por 40 UTM a cada empresa, equivalentes en total a $4.456.320.

En la actividad participó el subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo, quien sostuvo que “garantizar la protección de los derechos laborales individuales y colectivos de las trabajadoras y trabajadores, es la labor principal de la DT, y para eso escuchar y dialogar es clave, de tal manera podemos atender a sus necesidades”.

Durante el operativo, los inspectores del trabajo subieron a las cabinas de los buses e imprimieron desde el registro automatizado de asistencia los comprobantes con el historial previo de trabajo y descanso de cada conductor y auxiliar del vehículo fiscalizado.  

Específicamente, el objetivo fue verificar el respeto de las siguientes normas: 

-Otorgar un descanso mínimo ininterrumpido de ocho horas dentro de cada veinticuatro horas al personal de la locomoción colectiva interurbana.

-Otorgar al arribar a un terminal un descanso mínimo de ocho horas en tierra al personal de la locomoción colectiva interurbana.

-No manejar más de cinco horas continuas el chofer de locomoción colectiva interurbana.

-Otorgar descanso mínimo de dos horas (tras 5 horas de conducción continua).

Asimismo, dada la mantención del estado de emergencia sanitaria, se controló que las empresas de buses respetaran:

Proporcionar mascarilla u otros medios de protección a los tripulantes para evitar la propagación del contagio COVID-19.

Contar en el lugar de trabajo (en este caso, a bordo de los buses) con alcohol gel certificado.

¿A qué multas se exponen las empresas en incumplimiento?

La detección de las infracciones por jornada y descansos determina suspender del turno a los tripulantes y su obligatorio reemplazo por otros que sí hayan cumplido con sus descansos previos. Si no, el bus fiscalizado no puede iniciar o continuar su recorrido.

Independiente de la suspensión de las tripulaciones, la DT puede aplicar multas por las infracciones, todas las cuales son catalogadas como gravísimas.

Así, dependiendo del número de trabajadores de la empresa, la escala de multas factibles de aplicar es:

Microempresa (1 a 9 trabajadores): 5 UTM ($278.520)

Pequeña empresa (10 a 49 trabajadores): 10 UTM ($557.040)

Mediana empresa (50 a 199 trabajadores): 40 UTM ($2.228.160)

Gran empresa (200 y más trabajadores): 60 UTM ($3.342.240)

Nota: valor de la UTM en abril de 2022 es de $55.704.

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