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“Nano” Calderón fue trasladado desde clínica psiquiátrica a penal Santiago 1

En el recinto carcelario el joven deberá estar durante 14 días aislado, en cuarentena, ante riesgos de contagio de Covid-19. Antes del traslado, la madre del imputado, Raquel Argandoña, y el abogado Mario Vargas, salieron de la clínica sin hacer declaraciones.
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Pasadas las 17:00 horas de este jueves, un carro celular de Gendarmería llevó a Hernán Calderón Argandoña, imputado por parricidio frustrado, rumbo al penal Santiago 1, luego que la Corte de Apelaciones ordenara el cumplimiento de su prisión preventiva en un recinto carcelario, por no existir justificación para que se mantuviera recluido en la clínica psiquiátrica El Cedro, de La Reina.

Antes del traslado, desde la clínica salieron la madre del imputado, Raquel Argandoña, y el abogado Mario Vargas, sin que ninguno hiciera declaraciones.

La tarde de este jueves, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la prisión preventiva contra el joven de 23 años y, a solicitud de la Fiscalía Oriente, revocó la resolución de la jueza del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, Andrea Díaz-Muñoz, quien había dictaminado que cumpliera la cautelar en el establecimiento de salud psiquiátrica.

Calderón Argandoña fue formalizado por parricidio frustrado, lesiones graves, daños y tenencia ilegal de armas y municiones el 18 de agosto pasado, decretándose en esa oportunidad su prisión preventiva.

El fallo unánime de la Novena sala de la Corte de Apelaciones determinó que Calderón Argandoña no padece alguna patología que justifique mantenerlo en una clínica psiquiátrica.

“En cuanto al lugar de ejecución de la prisión preventiva, esta corte tiene en consideración lo informado por los médicos especialistas, en el sentido que si bien el imputado presenta rasgos de personalidad alterados, no son constitutivos de una patología mental que amerite, justifique o propicie la internación en un centro psiquiátrico”, señala la resolución, que leyó la magistrada Paola Plaza, integrante de la sala.

La jueza añadió que, bajo esa circunstancia, “no queda sino disponer el ingreso del imputado en un centro penitenciario, de acuerdo a su situación procesal, debiendo Gendarmería de Chile dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo sexto del Decreto 518”.

En Santiago 1, el joven deberá estar durante 14 días aislado, en cuarentena, ante riesgos de contagio de Covid-19.

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