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TC declaró inadmisible requerimiento de inconstitucionalidad en contra de la CAM y otros tres grupos

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró inadmisible el requerimiento por cuatro votos contra uno, argumentando que el tema es competencia de la justicia penal. La acción judicial fue presentada por el excoordinador de la Macrozona Sur durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, Pablo Urquízar, quien detalló en el documento la formación de las organizaciones y los hechos de violencia que se les atribuye.
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El Tribunal Constitucional (TC) rechazó el requerimiento de inconstitucionalidad presentado en contra de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), la Resistencia Mapuche Malleco (RMM), la Resistencia Mapuche Lavkenche (RML) y la Weichan Auka Mapu (WAM).

Según informó El Mercurio, la acción judicial fue presentada por el excoordinador de la Macrozona Sur durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, Pablo Urquízar, quien detalló en el documento la formación de las organizaciones y los hechos de violencia que se les atribuye.

Urquízar se amparó en la facultad del TC de “declarar inconstitucionalidad de las organizaciones y de los movimientos o partidos políticos, como asimismo, la responsabilidad de las personas que hubieran tenido participación de los hechos que motivaron la declaración de inconstitucionalidad”.

Además, solicitó oficios a instituciones como la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI), los ministerios de Agricultura, Educación, Segpres e Interior, la Fiscalía, las policías, la Iglesia Católica, entre otras, para que entregauen información relativa a las agrupaciones.

La Primera Sala del tribunal declaró inadmisible el requerimiento por cuatro votos contra uno, argumentando que el tema es competencia de la justicia penal. Votó la presidencia de la instancia, Nancy Yáñez, junto a los magistrados Nelson Pozo, María Pía Silva, Rodrigo Pica y Miguel Ángel Fernández.

Tras el fallo, Urquízar acusó que se trata de una decisión “impresentable, desde el punto de vista tanto de las familias mapuche como no mapuche que viven en la zona”.

“L que hace el tribunal, en vez de efectuar un análisis jurídico de lo que son los requisitos formales establecidos en la Ley Orgánica del TC, (es que) finalmente termina imponiéndose la posición de la presidenta de este órgano, vinculada al fondo del asunto”, añadió.

La exautoridad apuntó a que “una vez más, el Estado les da la espalda a los afectados y termina legitimando o tolerando la violencia como método de acción política, la que a diario ejecutan las orgánicas violentistas en la Macrozona Sur”.

La Cámara de Diputados aprobó el pasado 1 de junio un proyecto de resolución donde declaró a la CAM, la RMM, la RML y la WAM como “asociaciones ilícitas de carácter terrorista”.

“Ocupan el componente político o étnico como una fachada para sus operaciones o, reconociéndose aun realidad en su ideario, deben guardar vínculos con los recursos que provienen de la criminalidad organizada en la región”, consigna el texto impulsado por RN y aprobado por 66 votos a favor, 43 en contra y 13 abstenciones.

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