Se trata de la misma medida cautelar que el imputado violó la primera noche en que debía cumplirla, lo cual significó su segunda detención, por lo cual el 9° Juzgado de Garantía de Santiago decretó su prisión preventiva el 4 mayo pasado.
Sin embargo, en la audiencia realizada este miércoles, el tribunal de alzada capitalino acogió los argumentos de la defensa de Salazar Castañeda en cuanto a la desproporcionalidad de la prisión preventiva y decretó el arresto domiciliario total.
El abogado Lucas Vargas, asesor de la Fiscalía Metropolitana Occidente, insistió en la necesidad de la prisión preventiva del imputado, debido a que no solo ha sido formalizado por cuatro delitos del artículo 318 del Código Penal, sino que además a las pocas horas de haberse decretado la cautelar de arresto domiciliario nocturno, la vulneró y fue detenido nuevamente.
Según el abogado, esto último “da cuenta de un actuar refractario, contumaz y de absoluto desprecio por las normas jurídicas”.
Los delitos que se le imputan por el artículo 318 del Código Penal son los siguientes:
► Infracción a la cuarentena temporal de 22 a 5 horas (aislamiento temporal o toque de queda).
► Infracción a funcionamiento de locales como discoteque o locales nocturnos análogos (aunque sea ilegal) con más de 10 personas.
► No usar mascarillas en el local de la fiesta.
► Venta de alimentos (bebidas alcohólicas) para consumo inmediato y dentro del lugar. En cuarentena solo se permite venta para llevar.
El mismo 4 de mayo, la seremi de Salud, Paula Labra, anunció que se cursó la multa máxima, equivalente a 50 millones de pesos, contra el organizador de la polémica y masiva fiesta clandestina.