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“Ley seca” rige a contar de las 5 de la mañana de este domingo

La Ley 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios establece que “el día de la elección o plebiscito, entre las cinco horas de la mañana y dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose sólo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos”.

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La Ley 18.700 sobre votaciones populares y escrutinios establece la prohibición de vender alcohol el día de las elecciones. La llamada “ley seca” rige este domingo a contar de las 5 de la madrugada.

La norma establece que “el día de la elección o plebiscito, entre las cinco horas de la mañana y dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose sólo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos”.

Es decir, la “ley seca” durará hasta las 20:00 horas del domingo si se considera que el cierre de mesas está previsto para las 18:00 horas. “La fuerza encargada del orden público dispondrá la clausura de los recintos en que se infringiere esta disposición”, advierte la norma.

Además, la norma establece que “el día de una elección o plebiscito, hasta dos horas después del cierre de la votación, no podrán realizarse espectáculos o eventos deportivos, artísticos o culturales de carácter masivo, cuando la fuerza encargada del orden público estime que éstos podrían afectar el normal desarrollo del proceso electoral”.

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