Uno de los beneficios que otorga el Estado a las mujeres de nuestro país es el Bono por Hijo, ayuda que incrementa el monto de la pensión de aquellas usuarias que sean madres, y que cumplan con ciertos requisitos.
Este aporte consiste en la entrega de una bonificación por cada hija o hijo que haya nacido vivo o que haya sido adoptado, y el beneficio no se paga en el momento del nacimiento del hijo, sino cuando la mujer se jubila (junto a la pensión).
Eso sí, el bono comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y el monto equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (para quienes trabajen, y tengan entre 18 y 65 años). Lo anterior se calcula de la siguiente forma:
- Si tu hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes de su nacimiento.
Respecto a los requisitos para acceder al bono, es necesario tener 65 años de edad o más. Además, se debe residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplió 20 años, y hay que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud.
En la misma línea, es necesario estar en, al menos, uno de estos tres escenarios:
- Madres afiliadas a una AFP, que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Ser titular de una Pensión Garantizada Universal (PGU). Si pierdes la PGU, podrás continuar cobrando mensualmente el Bono por Hijo.
- No estar afiliada a un régimen previsional y recibir una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a partir del 1 de julio de 2009.