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Dictan veredicto por incendio tentado y daños simples en estación La Granja

En resolución unánime, el tribunal, tras la deliberación de rigor y ponderación de la prueba rendida, decretó la absolución de Jerez Meza del cargo formulado en su contra que lo sindicaba como autor del delito consumado de daños; y de Ramírez Bravo, del delito consumado de incendio, al no lograr la parte acusadora acreditada la participación de los acusados en dichos hechos.
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El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago dictó veredicto condenatorio en contra de Omar Enrique Jerez Meza, en calidad de autor del delito tentado de incendio; y de Jeremy Alex Ramírez Bravo, como autor del delito consumado de daños simples, ilícitos perpetrados en octubre de 2019, al interior de la estación La Granja de la Línea 4A del Metro.

En resolución unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Renato Pinilla Garrido (presidente), Marcia Fuentes Castro (redactora) y Karen Garrido Saldías– tras la deliberación de rigor y ponderación de la prueba rendida, decretó, además, la absolución de Jerez Meza del cargo formulado en su contra que lo sindicaba como autor del delito consumado de daños; y de Ramírez Bravo, del delito consumado de incendio, al no lograr la parte acusadora acreditada la participación de los acusados en dichos hechos.

En la causa, el tribunal acogió la agravante del artículo 12 N° 10 del Código Penal; es decir, “cometer el delito con ocasión de incendio, naufragio, sedición, tumulto o conmoción popular u otra calamidad o desgracia, alegada en la acusación, respecto de los delitos de incendio y de daños por los cuales han resultado condenados los acusados”.

El tribunal arribó a la convicción, “ponderando las pruebas rendidas en el desarrollo del presente juicio oral”, que alrededor de las 23.30 horas del 18 de octubre de 2019, “Omar Enrique Jerez Meza ingresó a la Estación de Ferrocarril Metropolitano de Santiago perteneciente a la empresa de Transporte de Pasajeros ‘Metro Sociedad Anónima’, de nombre ‘La Granja’, ubicada en la intersección de avenida Américo Vespucio Sur y Avenida Coronel de la comuna de La Granja, lugar en el que tomó una silla y la arrojó a los andenes, y luego, agitó reiteradamente un pedestal o letrero sin sacarlo de su lugar. Ulteriormente, en la oficina destinada a la administración, de estructura similar a la boletería u oficina de recarga de tarjetas BIP, encendió un objeto inflamable y lo arrojó a dicha dependencia, con el propósito de generar un incendio, lo que no consiguió”.

En tanto, con relación a Ramírez Bravo, el tribunal dio por acreditado que en similares condiciones, día y hora, ingresó a la estación junto a un grupo de sujetos no identificados, “ocasionando destrozos y desmanes en dicha estación. Por su parte, Ramírez Bravo, rompió los vidrios de la oficina o centro de carga de tarjetas de prepago del transporte de nombre ‘BIP’, dependencia en la que terceros no identificados provocaron un incendio que se encontraba en desarrollo en ese momento”.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Fuentes Castro– quedó agendada para las 15 horas del martes 6 de abril próximo.

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