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Subsidio de Agua Potable: Conoce sus requisitos y cómo postular 

El beneficio tiene como fin cubrir una parte del monto mensual a pagar por el uso del servicio de agua potable y alcantarillado, y el porcentaje a subsidiar, dependiendo del nivel socioeconómico, puede ir desde el 25% hasta el 85% del valor total.

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Uno de los beneficios entregados por el Estadio a las familias más vulnerables, es el Subsidio de Agua Potable, ayuda que cubre una parte del monto mensual a pagar relacionado con estos servicios. 

De acuerdo a lo informado en el sitio web de ChileAtiende, el aporte permite subsidiar una parte o porcentaje del pago mensual de un consumo máximo de metros cúbicos (13 m3) de agua potable y alcantarillado. 

Lo anterior se encuentra dirigido a los residentes de una vivienda ubicada tanto en el sector urbano como rural del país.

El porcentaje a cubrir dependerá del nivel socioeconómico de cada postulante, y puede ir desde el 25% hasta el 85% del valor total de la cuenta. 

Por su parte, los montos del subsidio se otorgan a los hogares que destinan el 5% o más de sus ingresos mensuales al pago del consumo de agua potable y alcantarillado.

Para postular al beneficio es necesario acudir al departamento social de la municipalidad que corresponde al domicilio del jefe de familia, y hacer entrega de ciertos documentos solicitados.

En este sentido, de cara a dicha postulación debes: 

  • Ser residente permanente de un domicilio que corresponda con la municipalidad que conceda este beneficio.
  • Estar al día en los pagos con la empresa de servicios sanitarios o de agua potable rural, según corresponda.
  • Ser la jefa o jefe de hogar de la familia principal para la postulación. 
  • Cumplir con el requisito de incapacidad de pago o requisito de carencia. 
  • Presentar una postulación de agrupación colectiva. Todas las jefaturas de familia de cada una de las viviendas que componen el colectivo deben presentar postulación en la municipalidad.
  • Contar con Registro Social de Hogares (RSH).
  • Presentar la última boleta del agua de la empresa sanitaria o al sistema de agua potable rural, según corresponda, la que tiene que estar pagada.

Además, al subsidio pueden postular personas:

  • Propietaria de la vivienda.
  • Arrendataria de la vivienda, siempre y cuando al interior de la misma no viva la o el propietario.
  • Usufructuaria de la vivienda.
  • Allegada externa de la vivienda cuando al interior de un sitio existe más de una vivienda abastecida por el mismo medidor y que para el subsidio al pago del consumo del agua potable se conoce con el nombre de colectivo.
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