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Acuerdan 18 escaños reservados: el de afrodescendientes se votará por separado

En lo fundamental, el acuerdo de la comisión mixta contempla 17 escaños para los pueblos originarios y uno para la población tribal afrodescendiente, (17+1), todos dentro de los 155 cupos.
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La comisión mixta encargada de zanjar las diferencias en torno a los escaños reservados para los pueblos indígenas en la Convención Constitucional aprobó este viernes en la madrugada, por unanimidad, el texto de consenso alcanzado tras varias jornadas de maratónicas sesiones.

En lo fundamental, el acuerdo contempla 17 escaños para los pueblos originarios y uno para la población tribal afrodescendiente, (17+1), todos dentro de los 155 cupos convencionales ya establecidos. El escaño para los afrodescendientes deberá ser resuelto por cada Cámara.

Los senadores y diputados integrantes calificaron este resultado como “histórico e inédito” para el país. El Ejecutivo estuvo representado por los ministros Cristián Monckeberg y Karla Rubilar, además del subsecretario, Sebastián Villarreal. También participó el director del Servel, Patricio Santamaría.

Ahora serán las Salas del Senado y de la Cámara de Diputados las que se pronunciarán, en forma separada, sobre la propuesta del escaño para los afrodescendientes.

La votación final se produjo pasadas la 4:00 horas de este viernes, tras casi 40 horas de deliberaciones al interior de la instancia.

El documento final recogió los principales criterios acordados, entre ellos, que los escaños reservados sean descontados de aquellos distritos donde exista mayor población de pueblos originarios y bajo las recomendaciones del Servicio Electoral (Servel), así como los ajustes en materia al criterio de paridad.

Asimismo, se consensuó que los patrocinios de candidaturas puedan ser realizados por organizaciones, pero también con firmas, estableciéndose más rúbricas para los pueblos más grandes y menos para aquellos con menor población.

En lo fundamental, se estableció el siguiente criterio:

► 7 escaños para el pueblo Mapuche.

► 2 escaños para el pueblo Aymara.

► 1 escaño para el pueblo Rapa Nui.

► 1 escaño para el pueblo Quechua.

► 1 escaño para el pueblo Lican Antay o Atacameño.

► 1 escaño para el pueblo Diaguita.

► 1 escaño para el pueblo Colla.

► 1 escaño para el pueblo Kawashkar.

► 1 escaño para el pueblo Yagán o Yámana.

► 1 escaño para el pueblo Chango.

► 1 escaño para la población tribal afrodescendiente.

También se ratificó el criterio de que de la totalidad de las candidaturas se establecerá un mínimo de 5% para personas en situación de discapacidad.

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