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Migrantes: Corte de Iquique oficia a la PDI para que informe sobre ingreso de abogados a sus cuarteles

“La PDI debe responder ante la Corte, explicando si ha cumplido o no con dar instrucciones a sus funcionarios y funcionarias para que abogados/as accedan a sus cuarteles a entregar la defensa que requieren las personas migrantes que enfrentan una expulsión administrativa”, explica Waleska Ureta, directora del Servicio Jesuita a Migrantes.
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A partir de una solicitud presentada por el Servicio Jesuita a Migrantes (SJM) y las Clínicas Jurídicas de Migrantes y Refugiados de las universidades Diego Portales y Alberto Hurtado, el viernes 2 de julio la Corte de Apelaciones de Iquique ofició a la jefatura nacional de la Policía de Investigaciones (PDI) para que dé cuenta sobre cómo está dando cumplimiento a la sentencia de la Corte Suprema en la que se ordena garantizar el derecho de asesoría legal a cualquier persona detenida en sus cuarteles a nivel nacional. 

En el fallo del 13 de mayo de este año, el máximo tribunal ordenó que se “asegure la permanente asesoría jurídica —sin ninguna distinción— de las personas que se encuentren privadas o restringidas en su libertad dentro de sus dependencias”. 

La solicitud, presentada el miércoles pasado, cuestionaba que hasta el momento la PDI haya dado cumplimiento la orden del tribunal, pues parece no haber instruido a sus funcionarios y funcionarias para asegurar que abogados y abogadas puedan ingresar a sus dependencias a lo largo del país para ofrecer asesoría jurídica de manera permanente a las personas extranjeras que se encuentren en ellas, procedimiento necesario para su cumplimiento. 

Lo anterior dado que el pasado miércoles 23 de junio, durante un nuevo operativo de expulsión de personas migrantes del territorio nacional realizado por la PDI, la abogada Constanza Salgado Boza, del Servicio Jesuita a Migrantes, y la abogada Marjorie Dinamarca Jofré, de la Clínica Jurídica de la Universidad Diego Portales, solicitaron ingresar al cuartel policial ubicado en calle San Francisco N° 253 de Santiago para entrevistarse con las personas detenidas, pero la solicitud fue denegada por los funcionarios de turno de la PDI.

Es así como, a través de un oficio, la Corte de Apelaciones de Iquique solicitó a la Jefatura Nacional de la PDI que exhiba evidencia escrita donde consten las instrucciones directas dadas a todas las unidades del país, en cumplimiento de lo ordenado por la Corte Suprema en su sentencia rol 32840-2021.  

Desde el SJM, su directora nacional, Waleska Ureta, explica que “ahora la PDI debe responder ante el tribunal, explicando si ha cumplido o no con dar instrucciones a sus funcionarios y funcionarias para que abogados/as accedan a sus cuarteles a entregar la defensa que requieren las personas migrantes que enfrentan una expulsión administrativa. Es fundamental que la PDI comprenda que es un derecho constitucional el que están vulnerando”.

“La instrucción entregada por la Corte da cuenta que en el actuar de la PDI hay una vulneración de los derechos más básicos y elementales que existen en el ámbito judicial para cualquier persona, como es poder entrevistarse con un abogado/a para su defensa, más aún cuando sólo hay algunas horas previas a la expulsión. Negar el ingreso a los cuarteles policiales a los abogado/as no tiene justificación alguna, es una práctica ilegal y esperamos que la jefatura de la PDI instruya al respecto, considerando además que la nueva Ley de Migración les impondrá exigencias adicionales y específicas sobre las condiciones en que las personas migrantes deben permanecen en dichos lugares y cómo debe garantizarse el acceso a un abogado/a”, señaló la abogada de la Clínica Jurídica de Atención a Migrantes de la Universidad Alberto Hurtado, Macarena Rodríguez.

Según Francisca Vargas, directora de la Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados de la Universidad Diego Portales, “el derecho a la asistencia jurídica es parte fundamental del derecho a la defensa y a un debido proceso. Lo que ocurrió con las abogadas de nuestras instituciones el pasado 23 de junio es inexplicable, pues privar a las personas de acceder a conversar con un abogado o abogada las deja en una situación de vulnerabilidad e indefensión grave, contraria a los estándares internacionales en materia de derechos humanos y a nuestra propia Constitución Política de la República. Esperamos que la PDI pueda dar cuenta de las acciones que está ejerciendo para cumplir con lo mandatado por la Corte de Apelaciones y también con las normas jurídicas que nos rigen a todas y todos, y que las lleve efectivamente a cabo”.

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