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Gobierno tomó la decisión de excluir a extranjeros sin permanencia del proceso de vacunación

De esta manera, el Ejecutivo salió al paso de un reportaje de la televisión peruana que informó la existencia de un “turismo médico” a Chile, con el objetivo de ser inoculados contra el Covid-19 de manera gratuita.
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El ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Allamand, informó que el Gobierno resolvió excluir a los turistas extranjeros y a los migrantes irregulares del proceso de vacunación contra el Covid-19.

De esta manera, el Ejecutivo salió al paso de un reportaje de la televisión peruana que informó la existencia de un “turismo médico” a Chile, con el objetivo de ser inoculados contra el Covid-19 de manera gratuita.

Allamand detalló que “el Ministerio de Salud ha dictado un complemento de resolución que aclara en forma muy precisa cual es la situación que corresponde a esta materia”.

En la misma línea, precisó que debe entenderse por la población que vive en Chile a “que tiene la nacionalidad chilena, permanencia definitiva, visa de residente, visa de estudiante o visa sujeta a contrato, o quienes cuenten con una solicitud de visa temporal o definitiva ingresada a trámite”.

El canciller sostuvo que “la interpretación de esta resolución es muy clara: no van a tener derecho a vacunarse en Chile, los extranjeros que estén en el país con una visa de turista”.

Además, precisó que “tampoco van a tener derecho a vacunarse en Chile los extranjeros que estén como turistas, pero que vengan de algún país que no se les exige visa”.

“En tercer lugar, tampoco van a poder vacunarse los extranjeros que se encuentren en el país en una situación irregular, pero que no hayan iniciado los trámites de solicitud de una visa temporal o una visa definitiva”, complementó.

Paula Labra, seremi de Salud Metropolitana, también se refirió al tema y señaló que “el proceso de vacunación en la RM está definido solamente para las personas que viven en Chile, aquellos que tienen nacionalidad chilena, que tienen una visa de residencia, visa de estudiante, o están en tramitación de una visa temporal. Todas aquellas personas son las que se pueden vacunar”.

La resolución exenta Nº136, dada a conocer por radio Biobío, explica que “debe precisarse que la población ‘que vive en Chile’, es aquella que tiene la nacionalidad chilena, permanencia definitiva, visa de residente, visa de estudiante o visa sujeta a contrato, o quienes cuenten con una visa de solicitud temporal o definitiva ingresada a trámites, excluyendo a aquellos que están transitoriamente en el país exclusivamente con una visa de turista”.

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