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Testamento de Lucía Hiriart fue leído este miércoles por demanda del CDE contra herederos de Pinochet

La representante del CDE, María Eliana Ricke, declaró que “como abogado de Consejo de Defensa del Estado concurrí hoy día miércoles a la audiencia que se llevó a cabo en la cual se procedió a aperturar el testamento de doña Lucía Hiriart, cónyuge de don Augusto Pinochet Ugarte, diligencia pedida por este organismo".
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En el 16° Juzgado Civil de Santiago se procedió a las 9:30 horas de este miércoles a la lectura del testamento de Lucía Hiriart, viuda de Augusto Pinochet Ugarte.

Al procedimiento concurrió el Consejo de Defensa del Estado (CDE), a través de su abogada María Eliana Ricke, institución que solicitó la diligencia en el marco de la demanda por provecho del dolo ajeno presentada contra los herederos testamentarios de Pinochet.

La representante del CDE declaró que “como abogado de Consejo de Defensa del Estado concurrí hoy día miércoles a la audiencia que se llevó a cabo en la cual se procedió a aperturar el testamento de doña Lucía Hiriart, cónyuge de don Augusto Pinochet Ugarte, diligencia pedida por este organismo

“Todo ello en el marco de la demanda interpuesta en contra de los herederos testamentarios del exgeneral por provecho de dolor ajeno respecto de los dineros que él defraudó. Esa fue la diligencia realizada hoy día ante el 16º Juzgado”, sin entregar mayores detalles del contenido del testamento.

A través de un comunicado, el CDE señaló que “tras la sentencia de la Corte Suprema que puso término al caso Riggs, el 24 de agosto de 2018, que acogió el recurso de casación en la forma deducido por el CDE, condenando a tres colaboradores del exgeneral como autores del delito de malversación de caudales públicos, el organismo presentó una demanda por provecho del dolo ajeno con el propósito de que los herederos de Pinochet sean condenados a pagar al Fisco alrededor de US$ 16 millones, correspondientes a los dineros obtenidos ilícitamente por este”.

“Ello, dado que, si bien no se acreditó que hubieren tenido participación en los ilícitos, serían destinatarios de un provecho económico que fue fruto de una conducta delictual plenamente demostrada”, agregó.

Indicó que “el recurso de casación interpuesto por el CDE contra el fallo desfavorable de segunda instancia, acogido por la Corte en varios de sus argumentos, posibilitó emprender una serie de acciones judiciales para recuperar los dineros defraudados. La sentencia decretó el comiso de los bienes que estaban a nombre del exgeneral o de alguna de sus sociedades, la mayoría offshore y con acciones al portador”.

“Sin embargo, pese a dar por acreditado el monto total del perjuicio, ascendente a US$17.866.323, el máximo tribunal estimó que la pena accesoria de comiso sólo podía recaer en aquella parte de los bienes que tuviera relación con la intervención de los condenados”, agregó.

“Precisamente, acogiendo los argumentos del Consejo, la Corte Suprema señaló, al resolver el recurso de casación penal, que era imposible desconocer que en el proceso existía evidencia probatoria más que suficiente para estimar plenamente demostrado que el general Pinochet incurrió en conductas que importaron sustracción de caudales públicos y, en este escenario procesal, era posible razonablemente colegir que los bienes individualizados en el fallo de primer grado podían considerarse como los efectos o producto de la perpetración de sus conductas delictuales cometidas en perjuicio del erario nacional”, concluyó.

Se realiza audiencia de lectura de testamento de Lucia Hiriart.
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